DECRETO FORAL 66/2000, del Consejo de Diputados de 4 de julio, que aprueba el desarrollo del párrafo segundo del apartado 1 del artículo 19 de la Norma Foral 25/1989, de 24 de abril, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 2 de Agosto de 2000 , * B.O.T.H.A. Num. 88I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ref. 4.825DECRETO FORAL 66/2000, del Consejo de Diputados de 4 de julio, que aprueba el desarrollo del párrafo segundo del apartado 1 del artículo 19 de la Norma Foral 25/1989, de 24 de abril, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El párrafo segundo del apartado 1 del artículo 19 de la Norma Foral 25/1989, de 24 de abril, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, establece que las adquisiciones por herencia o legado de títulos o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva que tengan al menos el 90% de su activo invertido en endeudamiento emitido por la Comunidad Autónoma del País Vasco, las Diputaciones Forales o las Entidades Locales territoriales de los tres Territorios Históricos, gozarán, en su base imponible, de una reducción del 90%. La amortización de las emisiones de los valores citados y la progresiva reducción de nuevas emisiones, imposibilita la adquisición de valores similares en un plazo breve de tiempo, impidiendo por lo tanto, en la mayoría de los casos, la aplicación de la reducción del 90% mencionada en el párrafo anterior. La constatación de ese hecho aconseja desarrollar la medida, con el objeto de que la reducción contemplada en la Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sea operativa y adquiera la virtualidad para la que se aprobó por las Juntas Generales. Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva. A propuesta del Diputado Foral titular del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, previa deliberación del Consejo de Diputados en...

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