Orden Foral 94/2018 del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, de 7 de marzo de 2018, que formula el informe ambiental estratégico de la 2ª modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Salvatierra (Álava)

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

La tramitación de la "2ª modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Salvatierra (Álava)" se encuentra sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, regulado mediante la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

En el marco de este procedimiento, con fecha 13 de octubre de 2017 tuvo entrada en la Diputación Foral de Álava escrito del Ayuntamiento de Salvatierra a los efectos de iniciar la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada del citado plan especial. La documentación que trasladó el Ayuntamiento de Salvatierra al respecto es la siguiente:

- Documento Urbanístico correspondiente a la "2ª modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Salvatierra" (1 ejemplar en papel y 1 ejemplar en soporte informático "pdf").

- Documento Ambiental Estratégico de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada, referida a la citada actuación urbanística (1 ejemplar en papel y 1 ejemplar en soporte informático "pdf").

El Servicio de Sostenibilidad Ambiental dio inicio el 18 de octubre de 2017 a la fase de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, según procedimiento reglado.

El informe ambiental estratégico sobre el que se fundamenta la presente resolución ha sido emitido por el Servicio de Sostenibilidad Ambiental con fecha 28 de febrero de 2018 (expediente 17/124).

  1. Breve resumen de las características de la modificación puntual. Ámbito geográfico objeto de evaluación. Alternativas estudiadas.

    1.1. Breve resumen de las características de la modificación puntual:

    La modificación puntual se plantea por necesidades funcionales de una empresa del polígono industrial de Salvatierra. La empresa necesita ampliar sus instalaciones y precisaría ocupar una parcela situada al Oeste de su actual ubicación. La parcela en cuestión tiene uso dotacional (uso de equipamiento comunitario: zona de interés público y social) en el vigente Plan General de Ordenación Urbana.

    La modificación puntual conllevaría el traslado del recorrido del Camino de Santiago, el cual forma parte de la Red de Itinerarios Verdes del Territorio Histórico de Álava. También conllevaría el cambio de calificación para la actual parcela de uso dotacional y para otra parcela de uso industrial de igual superficie.

    1.2. Ámbito geográfico objeto de la evaluación:

    El ámbito de la modificación puntual se ciñe a las parcelas afectadas, las cuales se refieren a las parcelas número 20 y número 18 resultantes del proyecto de compensación del sector SAUI 1 y 3 de Salvatierra, así como el Camino de Santiago a su paso por el polígono AIU31: polígono Agurain.

    En las siguientes imágenes se ilustra la situación vigente así como la situación proyectada para la modificación puntual:

    Situación vigente Propuesta de la Modificación Puntual

    En la siguiente tabla se muestra las superficies y usos de cada una de las parcelas y ámbitos afectados por la modificación puntual:

    PARCELAS, SUPERFICIES Y USOS EN EL PLAN GENERAL Y EN LA MODIFICACIÓN PUNTUAL PROPUESTA EN ESTE DOCUMENTO

    PLAN GENERAL ACTUAL

    MODIFICACIÓN PUNTUAL PROPUESTA

    Parcela

    Superficie (m2)

    Uso

    Parcela

    Superficie (m2)

    Uso

    Número 18

    17.541,26

    Industrial

    Número 18A

    10.637,76

    Industrial

    Número 18B

    6.903,50

    Dotacional (1)

    Número 20

    6.903,50

    Dotacional (1)

    Número 20N

    6.799,50

    Industrial

    Camino de Santiago

    884

    Sistema de Comunicaciones

    Camino de Santiago

    988

    Sistema de Comunicaciones

    TOTALES

    25.328,76

    25.328,76

    (1) "Equipamiento comunitario" (Zona de Interés público y social)

    1.3. Alternativas estudiadas:

    Según se desprende de la documentación aportada por el promotor, se han planteado tres alternativas, las cuales se resumen brevemente a continuación:

    - Alternativa "0" (No Seleccionada): supondría no ampliar las instalaciones de la empresa propietaria de la parcela número 13 del polígono industrial Agurain.

    - Alternativa "1" (No Seleccionada): Supondría ampliar las instalaciones hacia el:

    - Este: No es una alternativa factible en cuanto a su materialización porque la parcela contigua está actualmente ocupada por las instalaciones de otra empresa, con propietario diferente y actividad establecida.

    - Norte: No es una alternativa factible en cuanto a su materialización porque actualmente existe un vial del Polígono Industrial Agurain.

    - Sur: No es una alternativa factible en cuanto a su materialización porque actualmente existe la Autovía A-1.

    - Alternativa "2" (Seleccionada): Supondría ampliar las instalaciones hacia el Oeste, concretamente hacia la parcela número 20, debiendo...

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