Acuerdo 23/2013, del Consejo de Diputados de 22 de enero, que aprueba las participaciones iniciales provisionales en el Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales y abona el primer trimestre de 2013 a las Cuadrillas y Ayuntamientos y el primer semestre 2013 a los Concejos.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local
Rango de LeyAcuerdo

El Decreto Foral 78/2012, de 28 de diciembre, que aprueba el régimen de prórroga de los Presupuestos del Territorio Histórico de Álava para 2013 establece una dotación inicial del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava para el ejercicio 2013 de 169.521.210,00 euros.

Si bien, dicho importe corresponde a la dotación ordinaria a repartir en concepto de Fondo Foral, mediante Norma Foral 11/2012, de 18 de junio, de modificación de la Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava, se añade una Disposición Transitoria Sexta a la mencionada Norma Foral 19/1997.

Dicha disposición establece que el importe que resulte por la aplicación al modelo de financiación de las entidades locales alavesas de las cantidades recuperadas por la Diputación Foral de Álava con anterioridad al ejercicio 2012 en concepto de devolución de ayudas declaradas no conformes al derecho comunitario por la Comisión Europea se aplicará en el ejercicio 2013, correspondiendo al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz la cantidad de 6.247.800,00 euros y 2.731.800,00 euros al resto de entidades locales, cuantías que se destinarán a la compensación de las cantidades resultantes de la liquidación negativa del Fondo correspondiente al ejercicio 2012.

En virtud de lo establecido por las Normas Forales 19/1997, de 30 de junio y 26/1997, de 25 de septiembre, reguladoras del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales, se procede al cálculo de las asignaciones provisionales iniciales a las entidades locales alavesas por su participación en el citado Fondo para el ejercicio 2013.

Determinación de las asignaciones iniciales provisionales que corresponden a cuadrillas, ayuntamientos y concejos, en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava 2013.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la normativa reguladora, la consignación inicial se desglosa en los siguientes conceptos:

A/ Participación por la prestación de servicios traspasados de la Diputación Foral de Álava a las entidades locales alavesas.

Traspasados los servicios de Bienestar Social al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, su cuantificación para 2013, a tenor de lo establecido en el párrafo 1 del artículo 9 de la Norma Foral, asciende a 1.942.215,40 euros (redondeado a 10 decimales).

Esta cifra se obtiene aplicando el porcentaje (-3,38 por ciento) de

variación de la consignación presupuestaria inicial del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales para 2013, cifrada en 169.521.210,00 euros, respecto de la consignación para el ejercicio 2012, que fue de 175.445.870,00 euros, sobre la cuantificación en 2012 de la participación por la prestación de servicios de Bienestar Social transferidos al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (2.010.094,61 euros).

Habiéndose de librar la citada asignación trimestralmente a partes iguales, según se establece en el artículo 15 de la Norma Foral 19/1997, procede efectuar el abono correspondiente al primer trimestre de 2013, por la cantidad de 485.553,85 euros.

B/ 1 -Participación fija de 67.613,86 euros a cada una de las cuadrillas, en atención a los gastos de infraestructura administrativa y de funcionamiento originados por los miembros de su Junta de Cuadrilla.

En virtud de lo establecido en el apartado 1 del articulo 13 de la Norma Foral 19/1997, las cuadrillas beneficiarias de esta participación fija, a la fecha actual, son las de Añana, Ayala, Campezo-Montaña Alavesa, Laguardia-Rioja Alavesa, Salvatierra y Zuia, totalizando 405.683,16 euros la participación por este concepto.

B/ 2 -Dotaciones destinadas a la prestación de determinados servicios cuyos prestadores finales son las cuadrillas.

Por Acuerdo 785/1998, del Consejo de Diputados de 27 de octubre, se aprobó la Metodología para la distribución de las parti-

cipaciones de las Cuadrillas en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales, derivadas de la aplicación del párrafo segundo del apartado b) del artículo 8 de la Norma Foral 19/1997, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales.

En virtud de lo establecido por Decreto Foral 66/2002, del Consejo de Diputados de 17 de diciembre, el servicio social de base deja de tenerse en consideración para la aplicación de la metodología ante-riormente citada, de modo que en la actualidad los servicios considerados son tres:

-Animación socio-cultural. -Promoción económica y empleo. -Asesoría técnica en urbanística y de patrimonio cultural inmueble.

El modelo de distribución se basa en la atribución de unas necesidades teóricas de personal para la prestación de cada uno de los servicios considerados en cada cuadrilla. La valoración económica se realiza a través de un módulo que representa el coste teórico de la prestación del servicio por el personal especificado, y sobre el resultado de esa valoración se aplica el porcentaje de participación en los citados costes por parte de la Diputación Foral de Álava. De esta forma se obtiene la cuantificación de la participación teórica de la Diputación en los costes por la prestación de los citados servicios en cada cuadrilla. Esta participación teórica se ajusta, en los términos establecidos en el propio Acuerdo 785/1998, obteniendo así la participación real.

La aportación total de la Diputación para la financiación a cada cuadrilla de cada uno de los servicios considerados, se obtiene de la suma de la participación real en el coste del personal y la aportación en concepto de gastos de desplazamiento y funcionamiento.

Tras el contraste y actualización de las variables consideradas, en base a la realidad poblacional con referencia a 1 de enero de 2012, a las comunicaciones efectuadas por cada cuadrilla, y la aplicación de un I.P.C. en este caso de un 0,00 por ciento, tal y como se establece en el Acuerdo 576/2012, de 13 de noviembre, los resultados de esta metodología se recogen en el anexo 1-E.

La participación provisional de las cuadrillas en el Fondo, por los conceptos sujetos a la metodología de distribución, se presenta a continuación, desglosando en dos los conceptos por los que la Diputación aporta fondos, a saber:

-Por la prestación de servicios. -Por los gastos de desplazamiento y funcionamiento, en función de los criterios establecidos en la metodología aprobada mediante el Acuerdo del Consejo de Diputados 785/1998, anteriormente citado.

En el siguiente cuadro se presentan los resultados de la aportación real de la Diputación:

De la participación real inicial provisional, que asciende a 928.214,74 euros, procede el abono proporcional a cada cuadrilla, correspondiente al primer trimestre de 2013, de la cuantía que en la cuarta columna del anexo 1-E se presenta, a cuenta de sus participaciones totales, y que totaliza 232.053,69 euros.

Por cada cuadrilla deberán remitirse trimestralmente a la Dipu -tación Foral de Álava, los justificantes mensuales de pago de cada uno de los servicios contratados.

C/ Participación básica de concejos, ayuntamientos y cuadrillas: 27 por ciento de la dotación del Fondo una...

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