ORDEN FORAL 64/2004, de 6 de febrero, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral número 372/2003, de 20 de noviembre, de aprobación definitiva del expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lanciego referente al SAUI1 en 'El Carrascal'.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 10 de Marzo de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 30I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Órdenes ForalesDEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 1.140ORDEN FORAL 64/2004, de 6 de febrero, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral número 372/2003, de 20 de noviembre, de aprobación definitiva del expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lanciego referente al SAUI1 en "El Carrascal". I.- ANTECEDENTES Mediante Orden Foral número 372/2003, de 20 de noviembre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, se aprobó definitivamente el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lanciego, referente a la creación del sector industrial SAUI2 en "El Carrascal". La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma. Con fecha 26 de enero de 2004, el Ayuntamiento de Lanciego ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo. II.- FUNDAMENTOS Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las modificaciones impuestas en la Orden Foral mencionada. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral número 372/2003, de 20 de noviembre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lanciego, referente a la creación del sector industrial SAUI2 en "El Carrascal". Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la...

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