ORDEN FORAL 969/2004, de 25 de noviembre, en relación con aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral número 495/2003, de 19 de diciembre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente por la que se aprobó definitivamente el expediente de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Baja.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 2 de Febrero de 2005 , * B.O.T.H.A. Num. 14I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Órdenes ForalesI - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 7.941ORDEN FORAL 969/2004, de 25 de noviembre, en relación con aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral número 495/2003, de 19 de diciembre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente por la que se aprobó definitivamente el expediente de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Baja. ANTECEDENTES Mediante Orden Foral número 495/2003, de 19 de diciembre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, se aprobó definitivamente el expediente de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Baja. La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma, algunas con carácter de sustanciales por lo que el documento ha debido someterse de nuevo a información pública en lo que atañe a las mismas, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOTHA número 35 de 24 de marzo de 2004 así como en el periódico El Correo de fecha 12 de marzo de 2004, habiendo notificado dicha Orden Foral a todas las personas y Entidades interesadas y haberlo expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Dentro del nuevo plazo de exposición al público se presentó una alegación que, tras ser informada por el equipo redactor, fue desestimada por la Corporación. Asimismo, la Diputación dio traslado al Ayuntamiento de los Recursos de Reposición habidos en el plazo reglamentario a la Orden Foral citada, los cuales fueron informados por el Equipo Redactor, y resueltos por la Diputación. Con fecha 7 de julio de 2004, el Ayuntamiento de Ribera Baja ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo. Asimismo, mediante Orden Foral número 825/04 de 6 de octubre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente se dispone complementar la Orden Foral 425/2003 de 19 de diciembre introduciendo en el texto refundido de las Normas, las determinaciones derivadas de la Orden Foral número 1265/2001 de 13 de diciembre, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, referente a la parcela número 178 del polígono 21 de Rivabellosa, Orden Foral que ha sido publicada en el BOTHA del 22 de octubre de 2004. Con fecha 11 de noviembre de 2004, el Ayuntamiento de Ribera Baja ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente, una vez introducidas en el mismo las determinaciones anteriores, a fin de que sea declarada su ejecutoriedad. FUNDAMENTOS Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las modificaciones impuestas y han sido introducidas las determinaciones requeridas en las Ordenes Forales mencionadas. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en las Ordenes Forales número 495/2003, de 19 de noviembre y 825/04 de 6 de octubre, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, por las que se aprobó definitivamente el expediente de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Baja y se ordenó la introducción de varias determinaciones en el mismo. Segundo.- La alegación presentada en el periodo de exposición al público de las modificaciones sustanciales del Texto Refundido, procede ser resuelta en el sentido apuntado por el Ayuntamiento. Tercero.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Cuarto.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que estimen procedente en defensa de sus intereses: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición por los interesados o requerimiento por otras Administraciones, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma. Lo que se publica para general conocimiento. Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2004.- La Diputada de Urbanismo y Medio Ambiente, MARTA ALAÑA ALONSO. NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE RIBERA BAJA NORMATIVA URBANÍSTICA TÍTULO I. NORMATIVA GENERAL CAPÍTULO 1. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Artículo 1. Naturaleza de las Normas Subsidiarias Artículo 2. Ámbito territorial de aplicación Artículo 3. Vigencia Artículo 4. Revisión y Modificación Artículo 5. Efectos de las Normas Subsidiarias Artículo 6. Documentación Artículo 7. Carácter normativo del Planeamiento Municipal Artículo 8. Interpretación de las Normas Artículo 9. Contradicciones y discrepancias entre documentos; dudas de interpretación Artículo 10. Remisiones legales CAPÍTULO 2. SISTEMÁTICA DE LAS DETERMINACIONES Artículo 11. Determinaciones de carácter general y particular Artículo 12. Delimitaciones espaciales en el suelo urbano Artículo 13. Parcela Artículo 14. Sistema General y Local CAPÍTULO 3. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO Artículo 15. Clasificación del suelo Artículo 16. Suelo Urbano Artículo 17. Categorías de Suelo Urbano Artículo 18. Suelo No Urbanizable Artículo 19. Categorías de Suelo No Urbanizable Artículo 20. Suelo Urbanizable Artículo 21. Categorías de Suelo Urbanizable CAPÍTULO 4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROPIETARIOS DEL SUELO SECCIÓN 1. CONDICIONES GENERALES Artículo 22. Aprovechamiento urbanístico Artículo 23. Parcelas lucrativas y cesiones Artículo 24. Adjudicación de aprovechamiento al Municipio Artículo 25. Diversidad de situaciones SECCIÓN 2. DERECHOS Y DEBERES EN EL SUELO URBANO Artículo 26. Derechos y deberes en suelo urbano consolidado Artículo 27. Derechos y deberes del suelo urbano no consolidado Artículo 28. Ejercicio del derecho al aprovechamiento urbanístico Artículo 29. Ejercicio del Derecho a edificar Artículo 30. Derecho a la edificación y licencia de primera ocupación Artículo 31. Deberes de conservación Artículo 32. Apertura de pozos u otra captación privada de agua SECCIÓN 3. DERECHOS Y DEBERES EN EL SUELO URBANIZABLE Artículo 33. Derechos en el suelo urbanizable delimitado Artículo 34. Deberes en el suelo urbanizable 24 CAPÍTULO 5. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS SECCIÓN 1. OPERATIVIDAD DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS Artículo 35. Alcance de las determinaciones de las Normas Subsidiarias en Suelo Urbano Artículo 36. Alcance de las determinaciones de las Normas Subsidiarias en Suelo Urbanizable Artículo 37. Estudios de Detalle Artículo 38. Tramitación y aprobación Artículo 39. Objetivo y límites de los Estudios de Detalle de Alineaciones. Artículo 40. Objetivo y límites de los Estudios de Detalle de Volúmenes SECCIÓN 2. EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO Artículo 41. Modos de ejecución del Planeamiento Artículo 42. Diversidad de situaciones para la ejecución del planeamiento Artículo 43. Actuación directa en suelo urbano Artículo 44. Establecimiento de la Unidad de Ejecución Artículo 45. Sistema de actuación Artículo 46. Documentos de gestión Artículo 47. Equidistribución y cesión de suelo público Artículo 48. Parcelas orientativas Artículo 49. Cargas urbanizadoras Artículo 50. Fases en el cumplimiento del deber de urbanizar Artículo 51. Sustitución de parte del deber de urbanizar por aval suficiente SECCIÓN 3. RÉGIMEN PARA LA OBTENCIÓN DE SUELO PÚBLICO Artículo 52. Previsión de suelo público Artículo 53. Obtención del suelo público Artículo 54. Posibilidad de expropiación CAPÍTULO 6. CALIFICACIÓN DEL SUELO SECCIÓN 1. CLASIFICACIÓN DE USOS POR SU ASIGNACIÓN. Artículo 55. Usos del suelo Artículo 56. Globales Artículo 57. Pormenorizados SECCIÓN 2. CLASIFICACIÓN DE USOS POR SU RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN. Artículo 58. Previsto y permitido Artículo 59. Tolerado Artículo 60. Compatibilidad de usos con el uso residencial Artículo 61. Prohibido Artículo 62. Determinación de usos Artículo 63. Actividades clasificadas SECCIÓN 3. CLASIFICACIÓN DE USOS POR SU DESTINO. Artículo 64. Sistema de espacios libres Artículo 65. Viarios y aparcamientos Artículo 66. Dotacional y equipamiento Artículo 67. Usos vinculados al uso dotacional Artículo 68. Cambio de uso dotacional. Artículo 69. Instalaciones públicas Artículo 70. Residencial Artículo 71. Usos vinculados al uso residencial Artículo 72. Usos productivos Artículo 73. Usos terciarios Artículo 74. Usos nocivos y peligrosos Artículo 75. Otros usos CAPÍTULO 7. CONDICIONES DE LA EDIFICACIÓN SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 76. Proyecto de edificación Artículo 77. Obras de conservación. Artículo 78. Obras de acondicionamiento. Artículo 79. Obras de reestructuración. Artículo 80. Obras de ampliación. Artículo 81. Obras de sustitución. Artículo 82. Proyectos de obras de nueva planta. Artículo 83. Proyectos de derribo. Artículo 84. Condiciones constructivas de carácter general Artículo 85. Condiciones de habitabilidad SECCIÓN 2. CONDICIONES GENERALES DE FORMA. DEFINICIONES Artículo 86. Alineaciones Artículo 87. Retranqueos Artículo 88. Vuelos Artículo 89. Altura de la edificación Artículo 90. Línea de cornisa o alero y coronación de un edificio. Artículo 91. Altura de cada una de las plantas Artículo 92. Numero de plantas Artículo 93. Superficie construida máxima Artículo 94. Criterios para computar la superficie construida Artículo 95. Superficie ocupada por la edificación Artículo 96. Condiciones de volumen SECCIÓN 3. CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DE LOS DISTINTOS ELEMENTOS Artículo 97. Estructura...

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