DECRETO FORAL 82/2006 del Consejo de Diputados de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, .

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorI.A.E. Actividad Económica
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava Documento7.956

DECRETO FORAL 82/2006 del Consejo de Diputados de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, aprobada recientemente en territorio común, modifica los tipos de retención e ingreso a cuenta de determinadas rentas que en atención a lo regulado en el vigente Concierto Económico con el País Vasco, en determinados casos, y en la conveniencia de tener similares tipos de retención en un mercado financiero homogeneizado, en otros, exigen incorporar dichas modificaciones en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.

Asimismo, se estima procedente modificar la tabla de retenciones de rendimientos del trabajo para el 2007.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación del Decreto Foral 111/2001, del Consejo de Diputados de 18 de diciembre, que aprueba el texto refundido del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y modifica la tabla de retenciones y módulos.

Con efectos desde el 1 de enero de 2007 se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Uno. El número 1 del artículo 97 queda redactado del siguiente modo:

Estarán sujetas a retención e ingreso a cuenta las siguientes rentas: a) Los rendimientos del trabajo. b) Los rendimientos del capital mobiliario. c) Los rendimientos de las siguientes actividades económicas: - Los rendimientos de actividades profesionales. - Los rendimientos de actividades agrícolas y ganaderas. - Los rendimientos de actividades forestales. - Los rendimientos de las actividades empresariales previstas en el artículo 109.6.2º de este Reglamento que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva. d) Las ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.

Dos. Los apartados 1 y 4 del artículo 103 quedan redactados en los siguientes términos:

"1. Tabla general de porcentajes de retención:

IMPORTE RENDIMIENTO ANUAL NÚMERO DE DESCENDIENTES DESDE EUROS HASTA EUROS 0 1 2 3 4 5 MÁS

0,01 10.390,00 0 0 0 0 0 0 0 10.390,01 10.810,00 1 0 0 0 0 0 0 10.810,01 11.260,00 2 0 0 0 0 0 0 11.260,01 11.750,00 3 1 0 0 0 0 0 11.750,01 12.280,00 4 2 0 0 0 0 0 12.280,01 12.870,00 5 3 1 0 0 0 0...

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