ORDEN FORAL 306/2003, de 3 de abril, en relación con expediente de sexta Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Lanciego.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 7 de Mayo de 2003 , * B.O.T.H.A. Num. 52I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 2.697ORDEN FORAL 306/2003, de 3 de abril, en relación con expediente de sexta Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Lanciego. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 30 de mayo de 2000, el Ayuntamiento de Lanciego acordó aprobar inicialmente la Sexta Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 72 de 28 de junio de 2002, en el Periódico de Álava del 17 de junio de 2002 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna, por lo que procedió el Ayuntamiento, en sesión de 3 de septiembre de 2002, a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el 20 de septiembre de 2002. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado a) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de Urbanismo, el expediente fue informado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 1/2003, de fecha 23 de enero. FUNDAMENTOS Primero.- Se presenta el expediente denominado "Sexta modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lanciego", promovido y tramitado por el Ayuntamiento, con una finalidad múltiple, que se especifica a continuación: I. Delimitación, al noroeste del núcleo urbano de Lanciego, de un nuevo sector de suelo apto para urbanizar-residencial, denominado SAU-1 de Lanciego, capaz para la ordenación de 45 viviendas, mediante la reclasificación de 41.220 m2 de suelo no urbanizable, perteneciente a las zonas 7 "Silvopastoral" y 13 "Agrícola", concretamente se pretende la reclasificación de las parcelas 422, 423, 424, 425, 426, 427, 435, 446, 447, 448 y 449 del polígono 8. II. Se justifica la iniciativa en base al estudio y análisis de la actividad constructiva identificable en el núcleo de Lanciego...

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