Decreto Foral 46/2007, del Consejo de Diputados de 15 de mayo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de Ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Alava en el programa 2007 de Parques Locales.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 46/2007, del Consejo de Diputados de 15 de mayo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de Ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el programa 2007 de Parques Locales.

Todos los años se vienen realizando en los Parques Locales de Esparcimiento de Álava diversos gastos, tanto directamente por la Diputación que financia los derivados del mantenimiento como de la recogida de basuras, así como la adquisición de mobiliario, juegos infantiles, material fungible o infungible para la mejora y renovación de los diferentes elementos que en cada uno se hallan, como indirectamente a través de la concesión de subvenciones a las diferentes entidades locales colaboradoras, cuando son ellas las que promueven determinadas obras o inversiones destinadas a la mejora, ampliación o renovación de los mismos.

En la actualidad son 28 los Parques Locales existentes en la Provincia, y está en fase de renovación el Parque de San Roque en Amurrio, que se incorpora a la red provincial. Las diferentes zonas, distribuidas a lo largo de la provincia, donde existe un Parque Local de Esparcimiento, en cuyo anagrama figura un caracol junto a la leyenda Araba Zaindu, Bizi, Maita/Álava Cuídala, Vívela, Ámala, gozan de gran atracción e interés entre la población alavesa y la de las provincias limítrofes, que se manifiesta en la gran afluencia y uso de sus instalaciones en todas las épocas del año, fundamentalmente en verano.

La filosofía de este programa de actuación es la de habilitar aquellas zonas en las que se aprecia una concentración espontánea para ocupar espacios de ocio y contacto con la naturaleza, para facilitar su disfrute cómodo y delimitar adecuadamente el área de interferencia o influencia negativa en el medio ambiente.

Para regular de forma adecuada la concesión de ayudas o subvenciones a las distintas Entidades Locales, y asegurar la presencia y efectividad de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad se han elaborado las Bases reguladoras para la concesión de Ayudas a las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava en el Programa 2007 de Parques Locales de Esparcimiento.

En las citadas Bases se definen los potenciales beneficiarios de las ayudas

Se señala la tipología de las ayudas susceptibles de atención. Se establecen los criterios de determinación o selección de las obras solicitadas, señalando para cada una de ellas la puntuación máxima a conceder.

Se establecen los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de ayudas.

Se señala la forma de presentación de las solicitudes, así como el plazo de presentación de las mismas.

Por último se establecen las obligaciones y responsabilidad de las entidades locales beneficiarias de las ayudas, y demás condiciones sobre el uso de las zonas integradas como Parques Locales de Esparcimiento, en lo relativo a acceso y utilización de las instalaciones, cuidado y vigilancia.

En su virtud, a propuesta de la Diputada titular del Departamento de Administración Local, y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada en el día de la fecha

DISPONGO:

Primero. Aprobar las bases para la concesión de ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el programa 2007 de Parques Locales de Esparcimiento.

Segundo. Los compromisos de subvención se financiarán con cargo a la partida 10.1.01.63.02.731.99.01 - Renovación parques locales de esparcimiento - cuyo importe asciende a 143.611,29 euros en el Presupuesto 2006 de la Diputación Foral de Álava prorrogado para 2007.

Tercero. El órgano competente para la instrucción será el Servicio de Plan Foral de Obras y Servicios y el órgano competente para la resolución del procedimiento será la Diputada del Departamento de Administración Local.

Cuarto. Las solicitudes presentadas para la concesión de las subvenciones se resolverán dentro del ejercicio presupuestario corres-

pondiente, y han de entenderse denegadas por el transcurso del mismo sin que haya recaído y notificado resolución...

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