ORDEN FORAL 744/2001, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 22 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 180 en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 21 de Diciembre de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 146I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Ref. 7.411ORDEN FORAL 744/2001, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 22 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 180 en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador La Orden Foral 1.484, de 27 de noviembre de 1998, aprobó el modelo 180 de resumen anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta de los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos, así como los diseños físicos y lógicos a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador para su presentación en sustitución de las hojas interiores de relación de arrendadores. Este modelo 180 debe ser objeto de la necesaria adecuación a la adopción de la moneda única europea, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro. Por otra parte, se hace necesario homogeneizar la configuración del modelo 180 con las actuales características y directrices que regulan los modelos informativos de manera que permita un tratamiento más adecuado de la información suministrada. Por todo ello, el objeto de la presente Orden Foral es aprobar el impreso en papel del modelo 180 en euros. Este modelo se distingue de su antecesor en pesetas en que permite consignar decimales (céntimos de euros) en aquellos espacios comprensivos de valores económicos. Asimismo se aprueban los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del citado modelo. La primera utilización de este modelo 180 en euros deberá realizarse en el año 2002 una vez finalizado el período transitorio a que se refiere el artículo 12 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, período que concluye el 31 de diciembre de 2001. En su virtud y en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: PRIMERO.- Aprobación del modelo 180 en euros. Se aprueba el modelo 180 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual" que figura en el anexo I de la presente Orden Foral. Dicho modelo se compone de los siguientes documentos: a) Hoja-resumen que consta de dos ejemplares: uno para la Administración y otro para el interesado. b) Hojas interiores de relación de perceptores, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado. SEGUNDO.- Aprobación de los diseños físicos y lógicos a los que debe ajustarse el soporte directamente legible por ordenador del modelo 180 en euros. Uno.- Se aprueban los diseños físicos y lógicos que figuran en el anexo II de esta Orden Foral, a los que deberá ajustarse el soporte directamente legible por ordenador para su presentación en sustitución de las hojas interiores de relación de perceptores correspondientes al modelo 180 en euros aprobado por esta Orden Foral. Dos.- Será obligatoria la presentación en soporte directamente legible por ordenador de aquellos resúmenes anuales que contengan más de 25 perceptores relacionados en la declaración. En los demás casos, la presentación en soporte directamente legible por ordenador será opcional. Tres.- Los resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta en soporte directamente legible por ordenador podrán presentarse de forma individual o de forma colectiva, según que el archivo correspondiente contenga los datos de un solo declarante, en el primer caso, o de varios, en el segundo. Cuatro.- No será necesario efectuar solicitud previa alguna para realizar la presentación del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en soporte directamente legible por ordenador, ya sea de forma individual o colectiva. TERCERO.- Lugar y plazo de presentación del modelo 180 en euros, en papel impreso. Uno.- La presentación en papel impreso del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, modelo 180, se realizará en los veinticinco primeros días naturales del mes de enero de cada año, en relación con las cantidades retenidas e ingresos a cuenta que correspondan al año inmediato anterior. Dos.- La presentación se efectuará, bien directamente en las oficinas del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, o bien a través de correo certificado dirigido a la mencionada oficina. CUARTO.- Lugar y plazo de presentación del modelo 180 en euros, en soporte directamente legible por ordenador. Uno.- La presentación del soporte directamente legible por ordenador conteniendo el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, modelo 180 en euros, se realizará en el período comprendido entre el 1 de enero y el 10 de febrero de cada año, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados que correspondan al año inmediato anterior. Dos.- La presentación se efectuará, bien directamente en las oficinas del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, o bien a través de correo certificado dirigido a la mencionada oficina. QUINTO.- Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 180 en euros y forma de presentación de los mismos. Uno.- Tratándose de presentación individual en soporte directamente legible por ordenador, el declarante presentará los siguientes documentos: 1. Los dos ejemplares, para la Administración y para el interesado, de la hoja-resumen del modelo 180, en los que deberá adherirse la correspondiente etiqueta identificativa que suministra la Hacienda Foral de Álava. Asimismo, dichos ejemplares deberán estar debidamente firmados, indicando en los espacios correspondientes la identidad del firmante así como los restantes datos que en la citada hoja-resumen se solicitan. Una vez sellado por la oficina receptora, el declarante retirará el "ejemplar para el interesado" de la hoja resumen del modelo 180 en euros presentado, que servirá como justificante de la entrega. 2. El...

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