Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, por el que se crea y se regula la Comisión del Juego de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El artículo 30.29 del Estatuto de Autonomía, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, atribuye a esta comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las apuestas mutuas deportivo-benéficas.

La Ley 8/2014, de 1 de agosto, del Juego y las Apuestas de las Illes Balears, en su disposición adicional sexta , regula la Comisión del Juego de las Illes Balears como un órgano consultivo, de estudio, de asesoramiento y de coordinación de las actividades relacionadas con el juego y las apuestas en el ámbito territorial de las Illes Balears.

El apartado segundo de la mencionada disposición adicional de la ley balear del juego establece que la organización y el funcionamiento de esta comisión, así como el nombramiento de las personas que la integran, se determinará reglamentariamente.

De acuerdo con las funciones que recoge la Ley, la Comisión será la plataforma de reunión donde todos los organismos y entidades del sector del juego promoverán e impulsarán la participación, la coordinación y la planificación en materia de juego.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de día 28 de noviembre de 2014,

DECRETO

Artículo 1

Objeto

El presente decreto crea la Comisión del Juego de las Illes Balears y regula su estructura, composición y funcionamiento.

Artículo 2

Naturaleza y adscripción

La Comisión del Juego de las Illes Balears es un órgano consultivo, de estudio, de asesoramiento y de coordinación de las actividades relacionadas con el juego y las apuestas en el ámbito territorial de las Illes Balears, adscrito a la consejería competente en materia de juegos y apuestas.

Artículo 3

Funciones

  1. Corresponden a la Comisión del Juego de las Illes Balears las siguientes funciones:

    1. Atender consultas sobre cualquier cuestión que afecte a la actividad del juego en las Illes Balears.

    2. Estudiar y dar su opinión sobre las medidas de impulso de la actividad del juego que tengan que ser aprobadas por la Administración de la Comunidad Autónoma.

    3. Conocer los proyectos de ley y de disposiciones generales que afecten al juego y colaborar con propuestas relativas a su contenido.

    4. Promover políticas de juego responsable y acciones preventivas de sensibilización...

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