Orden Foral 136/2007, de 23 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Laguardia, referente al área 16 y denegación del expediente en lo referente al Área 15.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Urbanismo y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 136/2007, de 23 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Laguardia, referente al Área 16 y denegación del expediente en lo referente al Área 15.

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 21 de julio de 2006, el Ayuntamiento de Laguardia acordó aprobar inicialmente la modificación de referencia de las Normas Subsidiarias de planeamiento, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava nº 97, de 25 de agosto de 2006, en el Periódico "El Correo" de 1 de agosto de 2006 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 8 de noviembre de 2006, a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava, para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 15 de noviembre de 2006.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado a) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de Urbanismo, el expediente fue informado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 1/2007, de fecha de 31 de enero.

Cuarto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 2/2007, de 16 de febrero.

FUNDAMENTOS

Primero. De la documentación remitida por el Ayuntamiento se desprende que, si bien el documento técnico establece como objeto de la modificación el incremento de densidad de las áreas de suelo urbano residencial 15 y 16, en el expediente administrativo, tanto en el acuerdo de aprobación inicial, los anuncios en el BOTHA y periódico, y el acuerdo de aprobación provisional, no existe referencia alguna al área 15, citándose tan solo al área 16.

La omisión expuesta impide que pueda aprobarse definitivamente el expediente en relación al área 15, ya que la información pública es uno de los pilares básicos en los que se asienta el procedimiento de elaboración del planeamiento urbanístico, por lo que la falta de exposición pública de una determinación tan...

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