Decreto Foral 27/2008, del Consejo de Diputados de 15 de abril, que aprueba la convocatoria y bases reguladoras de las ayudas para la innovación y la mejora de la competitividad (SAIATU) para el ejercicio 2008.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

En el Consejo Europeo de Lisboa, que tuvo lugar en marzo de 2000, se estableció que la política de innovación es uno de los elementos clave para que la Unión Europea se convierta en la "economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo" ya que existe una correlación entre la capacidad de innovación y el desarrollo humano y económico de los países y regiones.

Los factores de éxito del pasado (ventajas de coste y eficiencia productiva) no son garantía de éxito futuro. Estos factores, aunque deben mantenerse, son condición necesaria pero no suficiente en el nuevo contexto. Álava debe abordar de forma decidida la nueva etapa, en la que la innovación, la capacidad de generar conocimiento y transformarlo en productos y servicios más valiosos, es la fuente fundamental de ventaja competitiva y por lo tanto, motor de la productividad y el bienestar económico de la sociedad alavesa.

En este contexto, existe un compromiso firme de todas las instituciones vascas para aunar y coordinar esfuerzos en la promoción de la innovación en el tejido empresarial vasco. Así se ha constituido recientemente la Red Innovanet en Álava para que los diferentes Agentes de la Innovación participen en las actividades que se planifiquen encaminadas a fomentar la innovación y se ha declarado el año 2008 como año de la Innovación en Euskadi.

La Diputación Foral de Álava, consciente de la importancia de esta nueva etapa y del esfuerzo que supone a las empresas el adaptarse a ella, ha previsto regular mediante el presente Decreto Foral el PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD -SAIATU-.

Dentro de la presente edición del Programa SAIATU se incide de especialmente en la Innovación entendida como la implantación de productos (bienes o servicios), procesos, métodos de marketing o métodos organizativos nuevos o significativamente mejorados que sean reconocidos por el mercado, de forma que nuestras empresas comiencen a incorporar a ésta en su modelo de negocio.

También se fomenta dentro de la convocatoria la internacionalización como factor de crecimiento y mejora de competitividad empresarial, promoviendo entre nuestras empresas el análisis permanente de las oportunidades y amenazas que emanan de su apertura al exterior.

Así mismo se quiere apoyar las actuaciones a realizar por las empresas en relación con el medio ambiente de forma que contribuyan al cumplimiento de los objetivos establecidos en el protocolo de Kioto.

En su virtud, y a propuesta de la Diputada de Innovación y Promoción Económica y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Primero. Aprobar, dentro del marco presupuestario disponible, la convocatoria pública de AYUDAS PARA LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD (SAIATU) para el ejercicio 2008.

Segundo. Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Tercero. Las subvenciones reguladas mediante este Decreto Foral se abonarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:

- 1.05.3.01.07.00.750.00.02 del presupuesto de la Diputación Foral de Álava del ejercicio 2008, por importe de 1.900.000 euros, con referencia de contraído 105.1261/000.

Se faculta a la Diputada de Innovación y Promoción Económica para ajustar el presente Programa de Ayudas si las disponibilidades presupuestarias lo permiten.

Cuarto. La presente convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava y entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de abril de 2008.- Diputado General, XABIER AGIRRE LÓPEZ.- Diputada de Innovación y Promoción Económica, ARANTZA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.- Director de Economía, HERNANDO LACALLE EDESO.

Anexo

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA

DE LA COMPETITIVIDAD (SAIATU) PARA EL EJERCICIO 2008

BASES

Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Decreto establecer el marco general de ayudas dirigidas a estimular e incentivar la realización por parte las PYMEs de Álava de proyectos y/o acciones encaminadas a promover la innovación y la mejora de la competitividad en la empresa.

Dichos proyectos o acciones se encuadrarán dentro de las siguientes líneas de actuación: - INNOVACIÓN. - INTERNACIONALIZACIÓN. - MEDIOAMBIENTE.

Artículo 2 Beneficiarios. 2.1

Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Decreto: a) Aquellas pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su configuración jurídica, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Álava y/o que al menos tengan ubicado en el Territorio Histórico un centro de producción o de servicios y que a la fecha de presentación de la solicitud haya transcurrido, al menos, un año desde su constitución; b) Agrupaciones y asociaciones de empresas con personalidad jurídica propia; c) Autónomos con domicilio fiscal en Álava. 2.2. A efectos del presente Decreto se entenderá por PYME una empresa que, a la fecha de presentación de la solicitud:

- tenga menos de 250 asalariados/as. - y presente: - bien un volumen de negocios anual no superior a 50 millones de euros.

- bien un balance anual no superior a 43 millones de euros. 2.3. Las empresas señaladas en los puntos anteriores deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda, en los términos estipulados en el Decreto Foral 18/97, y con la Seguridad Social, tanto en el momento de la resolución como en el momento del abono de la subvención.

Cuando la empresa no tenga asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de la Seguridad Social, deberán hallarse al corriente de la Seguridad Social todos los socios de la empresa. 2.4. Tendrán carácter de empresa beneficiaria aquellas cuya actividad económica se desarrolle, y se halle dada de alta en Álava con anterioridad al 31 de diciembre del año 2007 en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas siguientes: - De la Sección Primera (Actividades Empresariales) los que pertenezcan a las Divisiones: 2 (excepto agrupaciones 21 y 23), 3, 4; de la división 5, al grupo 504; de la...

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