Orden Foral 62/2014, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 29 de enero, de aprobación de los nuevos modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido, 303 Autoliquidación y 322 Grupo de entidades. Modelo Individual y modificación de la Orden Foral 318/2010, de 19 de mayo, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática a través de Internet.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 62/2014, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 29 de enero, de aprobación de los nuevos modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido, 303 Auto -liquidación y 322 Grupo de entidades. Modelo Individual y modificación de la Orden Foral 318/2010, de 19 de mayo, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y se establecen las condiciones gene rales y el procedimiento para su presentación telemática a través de Internet.

En primer lugar, se aprueba un nuevo modelo 303 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación" al objeto de añadir nuevas casillas que identifiquen la modalidad de autoliquidación, preconcursal o postconcursal, en el caso de que el sujeto pasivo hubiera sido declarado en concurso durante el período de liquidación.

Asimismo se incorporan al nuevo modelo casillas en las que se deberá indicar si el declarante ha optado o no por la aplicación del Régimen especial del criterio de caja o si tiene o no la condición de destinatario de operaciones a las que se aplique este Régimen especial. En caso de sujetos pasivos que opten por tributar en el Régimen especial del criterio de caja, se deberán indicar en el apartado información adicional del modelo, los importes correspondientes a las operaciones de entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que resulte de aplicación el Régimen especial del criterio de caja que se hubieran devengado por la aplicación de la regla general de devengo contenida en el artículo 75 del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, por el que se aprueba la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido. Igualmente tanto los sujetos pasivos que opten por la aplicación del Régimen especial del criterio de caja, como aquéllos que sean destinatarios de operaciones afectadas por el mismo, deberán informar de los importes correspondientes a las operaciones de adquisición de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el citado Régimen especial del criterio de caja.

En segundo lugar, se aprueba un nuevo modelo 322 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo Individual" con el objetivo de introducir en el apartado información adicional nuevas casillas en relación al nuevo Régimen especial del criterio de caja en los mismos terminos que los señalados en el apartado anterior para el modelo 303.

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