DECRETO FORAL 77/2006, del Consejo de Diputados de 29 de noviembre, que establece las ayudas complementarias al Programa de abandono voluntario de la producción lechera aprobado por Orden de 11 de agosto de 2006, por Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco.

SecciónDisposiciones Administrativas
Emisor7.604 DECRETO FORAL 77/2006, del Consejo de Diputados de 29 de noviembre, que establece las ayudas complementarias al Programa de abandono voluntario de la producción lechera aprobado por Orden de 11 de agosto de 2006, por Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco.
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava Documento7.604 DECRETO FORAL 77/2006, del Consejo de Diputados de 29 de noviembre, que establece las ayudas complementarias al Programa de abandono voluntario de la producción lechera aprobado por Orden de 11 de agosto de 2006, por Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco.

El Boletín Oficial del País Vasco publicó el 11 de septiembre de 2006 la Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 11 de agosto de 2006, por la que se establece un programa de abandono voluntario de la producción lechera en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el período lácteo 2006-2007.

En dicha Orden se prevé que las indemnizaciones establecidas en el citado programa podrán ser complementadas por las Diputaciones Forales, sin que en ningún caso la cuantía máxima a recibir por kilogramo de cantidad de referencia de leche de vaca o cuota láctea pueda ser superior a 0,28 euros.

La Diputación Foral de Álava está dispuesta a asumir este compromiso con los ganaderos de Álava para complementar las indemnizaciones que conceda el Gobierno Vasco.

Por lo expuesto, a propuesta del Diputado de Agricultura, y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy,

DISPONGO: I. OBJETO DE LAS AYUDAS

Es objeto del presente Decreto establecer las ayudas complementarias al Programa de Abandono Voluntario de la producción lechera aprobado por Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco de 11 de agosto de 2006, para los ganaderos productores de leche de vaca cuyas explotaciones se encuentren radicadas en Álava. II. CONDICIONES GENERALES - BENEFICIARIOS Para poder ser beneficiario de las ayudas, los ganaderos productores de leche de vaca tendrán que cumplir los siguientes requisitos: a) Tener sus explotaciones radicadas en el ámbito territorial de Álava. b) Tener asignada cantidad de referencia de leche de vaca a 1 de abril de 2006. c) Comprometerse a abandonar la producción de leche de vaca en su explotación total y definitivamente antes del 31 de enero de 2007. d) Comprometerse a dar de baja en el Registro Pecuario de la Diputación Foral de Álava las vacas de producción lechera, antes del plazo de tres meses desde la notificación de concesión de indemnización por abandono. e) Haber presentado la solicitud en el plazo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR