DECRETO FORAL 73/2006, del Consejo de Diputados de 21 de noviembre, que aprueba la constitución de la 'FundaciónÁlava Vive Deporte' (ALVIDE) para la promoción y desarrollo del deporte en Álava, sus Estatutos reguladores y los representantes de la Diputación en la misma.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorAnexo I al Decreto Foral
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava Documento7.401 DECRETO FORAL 73/2006, del Consejo de Diputados de 21 de noviembre, que aprueba la constitución de la "Fundación Álava Vive Deporte" (ALVIDE) para la promoción y desarrollo del deporte en Álava, sus Estatutos reguladores y los representantes de la Diputación en la misma.

Constitución de la "Fundación Álava Vive Deporte" (ALVIDE), cuyo objeto será la promoción y desarrollo del deporte en Álava, y aprobación de los estatutos que regularán la misma.

La Diputación Foral de Álava es consciente de que la promoción y fomento del deporte alaves, se basa en gran medida en la existencia de clubes y deportistas del denominado deporte de rendimiento, que son referencia y objetivo, en muchos casos, de los practicantes de los diversos deportes desde la edad escolar.

Los problemas financieros que vienen atravesando destacados clubes, hace que exista un grave riesgo de que algunos puedan desaparecer, lo que podría significar un importante perjuicio, no solo para los clubes implicados, sino para todo el deporte alaves en general.

Por otro lado, el gran aumento de la demanda social de la práctica deportiva, y en especial de los campeonatos nacionales e internacionales, y de las actividades de alto rendimiento entre deportistas alaveses, hace que en estos momentos, los recursos que dedica la Diputación Foral de Álava, sean insuficientes, por lo que se hace necesaria la búsqueda de nuevas fuentes de financiación.

Es indudable además, el alto impacto socio económico que tiene el deporte y que su importancia va aumentando paulatinamente, razón por la que sería deseable que el sostenimiento económicofinanciero del mismo sea realizado en gran medida por la propia Sociedad, a través de sus agentes económicos y sociales.

El hecho de que en los otros dos Territorios Históricos y en la Comunidad Foral de Navarra, existan desde hace tiempo, fundaciones deportivas creadas por sus respectivas Administraciones, hace que las ayudas recibidas en los citados Territorios por los clubes y deportistas, sean notablemente superiores a las que reciben los clubes o deportistas alaveses.

Por ello, es voluntad de la Diputación Foral de Álava, constituir una fundación deportiva, al amparo de la Ley Vasca 12/1994, de 17 de junio, que permite conjugar la voluntad de que la gestión sea exclusivamente pública, con la posibilidad de que otras entidades públicas o privadas puedan colaborar en la dotación de recursos a la citada Fundación.

En su virtud a propuesta del Diputado Foral Titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy,

DISPONGO:

Primero.- Constituir la "Fundación Álava Vive Deporte" (ALVIDE), cuyo objeto será la promoción y desarrollo del deporte en Álava, con prioritaria atención al deporte de alto rendimiento no profesional, a través de la captación de recursos económicos de todo tipo, preferentemente patrocionios públicos y privados, que destinará a la financiación de los programas que se elaboren por la misma. Asimismo impulsará el patrocinio, directo o indirecto, de cualquier deportista o entidad deportiva de carácter no profesional.

Segundo.- La Fundación ALVIDE recibirá, por el título que en su momento se determine, los derechos de uso y explotación de un local situado en la Plaza Amadeo Garcia Salazar, s/n (Campo Mendizorroza), conservando la Diputación Foral de Álava la propiedad de dicho inmueble.

Tercero.- Realizar una aportación de 30.000 euros, con cargo a la partida 70.1.06.82.06.461.00.29 "Fundación Deportiva", del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2006, referencia de contraído AD 105/5361 que constituye la dotación patrimonial inicial de la Fundación ALVIDE, la cual se realizará una vez aprobado el presente Decreto.

Cuarto.- La dotación patrimonial de la Diputación Foral de Álava, para el programa de actuación de la Fundación ALVIDE durante el ejercicio 2006, es de 15.500 euros, y para el ejercicio 2007, de 169.500 euros.

La partida presupuestaria que ampara dicha dotación será para el ejercicio 2006 la 70.1.06.82.06.461.00.29 "Fundación Deportiva", del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2006, aportándose dicha cantidad una vez que dicha

Fundación tenga personalidad jurídica y para el ejercicio 2007 la 70.1.06.82.06.461.00.29 "Fundación Deportiva", del Proyecto de Presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2007, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ordenación Presupuestaria de la Diputación Foral de Álava para 2007.

Quinto.- Aprobar los Estatutos de la Fundación ALVIDE, que figuran como Anexo I al presente Decreto.

Sexto.- Aprobar el programa de actuación correspondiente al primer año de existencia de la Fundación, recogido en el Anexo II al presente Decreto.

Séptimo.- Autorizar al Diputado de Cultura, Juventud y Deportes a representar a la Diputación Foral de Álava en el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la Fundación ALVIDE y a la suscripción de cuantos documentos públicos o privados se requieran para la ejecución del presente Decreto.

Octavo.- Designar, de acuerdo con el Artículo 7.1. de los Estatutos de la Fundación ALVIDE, como Presidente del Patronato al Ilmo. señor D. Federico Verástegui Cobián, Diputado Foral de Cultura, Juventud y Deportes en razón del cargo público que desempeña y como Patronos al Director de Cultura y Deportes, D. Pedro Ignacio Gonzalo-Bilbao Fernández, al Director Gerente del Instituto Foral de la Juventud, D. Luis Mª Sautu Apellaniz, ambos igualmente en razón al cargo público que desempeñan y al Jefe del Servicio de Desarrollo Normativo y Relaciones con las Juntas Generales, D. Jesus María Elorza Fernández en razón al puesto desempeñado.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2006.- El Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.- EL Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERASTEGUI COBIÁN.

Anexo I al Decreto Foral Artículos 1 a 28

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN ALVIDE

Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 4
Artículo 1 Denominación y naturaleza jurídica. 1

Con la denominación de "FUNDACIÓN ÁLAVA VIVE DEPORTE" (ALVIDE), (en lo sucesivo la Fundación), se constituye una Fundación deportiva, de carácter privado y de duración ilimitada, al amparo de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco. 2. La Fundación, desde su inscripción en el correspondiente Registro, tiene personalidad jurídica propia e independiente y plena capacidad jurídica de obrar, pudiendo realizar libremente todos los actos necesarios para el cumplimiento de sus fines, sin otras limitaciones que las establecidas por las leyes y por estos Estatutos.

Artículo 2 Ámbito geográfico y domicilio. 1

La Fundación desarrollará principalmente su actividad en el Territorio Histórico de Álava. 2. Los principales beneficiarios serán los clubes y deportistas empadronados en Álava o con domicilio Social en Álava o con ficha tramitada por la federación Alavesa correspondiente. 3. El domicilio de la Fundación se fija en Vitoria-Gasteiz, en la plaza Amadeo García Salazar, s/n (Campo Mendizorroza), pudiendo el Patronato trasladar dicho domicilio a cualquier otro lugar del Territorio Histórico de Álava, poniéndolo en conocimiento del Protectorado para su constancia en el Registro de Fundaciones. La Fundación, para el desarrollo de su función, podrá crear delegaciones u oficinas temporales o permanentes, en otros municipios, o en cualquier lugar del Estado o extranjero, cuando así lo acuerde el Patronato.

Artículo 3 Objetivos de la Fundación. 1

La Fundación se configura como una entidad sin ánimo de lucro que persigue como objetivo, la promoción y desarrollo del deporte en Álava, con prioritaria atención al deporte de alto rendimiento no profesional, a través de la captación de recursos económicos de todo tipo, preferentemente patrocinios públicos y privados, que destinará a la financiación de los programas que se elaboren por la misma. Asimismo, impulsará el patrocinio, directo o indirecto, de cualquier deportista o entidad deportiva de carácter no profesional.

  1. A estos efectos se entiende por deporte de alto rendimiento el practicado por deportistas de clubes y/o agrupaciones deportivas adscritos/as a las Federaciones Deportivas Territoriales de Álava que participan en competiciones oficiales de la máxima categoría estatal aficionada, así como de deportistas individuales que por su nivel, trayectoria y relevancia de sus logros deportivos acuerde potenciar la propia Fundación; y por deporte no profesional el practicado por deportistas que desarrollan la actividad deportiva solo por afición o

utilidad física, sin afán de lucro o compensación, primando el interés lúdico sobre el económico, el juego sobre el trabajo y sin que en ningún caso la actividad deportiva llegue a constituir un medio para obtener una retribución que constituya su medio de vida y en ningún caso puedan tener la condición de deportista profesional descrita en el articulo 1.2 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, que regula la relación laboral de esta clase de deportistas. De cara a los programas a desarrollar por la Fundación, y con el fin de clarificar en cada una de las modalidades deportivas los niveles mínimos de participación deportiva, para ser reconocidos como alto rendimiento no profesional, el Patronato de la Fundación, de acuerdo a los criterios por ella establecidos, deberá anualmente...

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