Ejecución de títulos judiciales 345/2010
Sección | IV. Procedimientos judiciales |
Emisor | JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA |
D/DªFRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 4 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES345/2010de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia deDÑA. ERIKA ALAOUI CHERIFIcontra laD. MICHAEL WERNER PFAUS ,sobre EJECUCION DE TÍTULOS JUDICIALES, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
D E C R E T O
Secretario/a Judicial D/DªFRANCISCA MARIA REUS BARCELO
En PALMA DE MALLORCA, a15 de abril de dos mil trece
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
-El embargo y precinto de los vehículos propiedad del apremiadoD. PETER MANFRED REIL, que a continuación se describen con los siguientes datos de identificación:
Matrícula:9254FDL
Marca:HYUNDAI
Modelo:GETZ
Nº de Bastidor:KMHBT51GP6U501608
Matrícula:2533GBG
Marca:VOLKSWAGEN
Modelo:TRANSPORTER
Nº de Bastidor:WV2ZZZ70ZSH082660
-Librar y remitir directamente y de oficiomandamientopor duplicado al Ilustre Sr. Registrador de Bienes Muebles Provincial, sección de Automóviles y otros vehículos de motor obrante en el mismo, para quepractique el asientoque corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificaciónde haberlo hecho, de latitularidadque conste del bien y, en su caso, de suscargasygravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (art. 255 LJS) y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
-Oficiar a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.
- Retener los saldos a favor de los ejecutados,MPR MARKETING SL,DVD VERTRIEBS MARKETING SL, D. MICHAEL WERNER PFAUSY D. PETER MANFRED REIL, en las cuentas bancarias20906431410200021714, 20906431450200028269, 00810604510001104014, 00610024710176400112, y 21005830690100120987y cualquier otra que pudiera existir a su nombre,y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber:
31.490,25euros de principal más6300euros presupuestados para intereses y costas.
- Llevar a efecto la retención de saldos a través de vía telemática.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos...
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