Decreto Foral 41/2007, del Consejo de Diputados de 2 de mayo, que modifica el Decreto Foral 47/2004, de 6 de julio, y da nueva redacción a las disposiciones transitorias del Plan de Ayudas al Sector Agrario Alavés y adapta a los nuevos Fondos Europeos (FEADER)

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Por Decreto Foral 47/2004 de 6 de julio se aprobó el Plan de Ayudas al Sector Agrario Alavés, en ejecución del Reglamento del Consejo (CE) nº 1257/1999, de 17 de mayo del Consejo de la Unión Europea sobre la ayuda al desarrollo Rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA) para el período 2000-2006 y al amparo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible para el País Vasco 2000-2006.

Dicho Decreto Foral ha sido modificado por Decretos Forales números 65/2004 de 16 de noviembre, 28/2005 de 5 de abril, 51/2005 de 2 de agosto, 53/2006 de 3 de agosto, 63/2006 de 26 de septiembre y 29/2007 de 13 de marzo, lo que ha ocasionado una cierta inseguridad en cuanto a las disposiciones transitorias que continúan vigentes.

Por otra parte mediante Reglamento (CE) 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio, sobre la financiación de la política Agrícola Común, se crea el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para financiar los programas de Desarrollo Rural a partir de enero de 2007, desapareciendo en consecuencia el Fondo Europeo de orientación y Garantía Agraria (FEOGA).

Asimismo por Reglamento (CE) 1320/2006 de la Comisión se establecen normas para la transición a la ayuda al desarrollo Rural establecida en el Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre, disponiendo que los pagos que se realicen a partir del día 1 de enero de 2007 se financiarán con el Fondo FEADER.

Habida cuenta que a fecha de hoy todavía no se ha aprobado el nuevo Plan de Desarrollo Rural del País Vasco para el periodo 2007-2013, pero que sin embargo sí se van a producir concesiones de ayudas y pagos hasta al citada aprobación, procede referirse a este fondo europeo en el Decreto Foral que regula el Plan de Ayudas al Sector Agrario Alavés.

En su virtud, a propuesta del Diputado del Departamento de Agricultura, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy,

DISPONGO:

Primero.- Señalar que las disposiciones transitorias que quedan vigentes en el Decreto Foral 47/2004 tras las sucesivas modificaciones son las que figuran a continuación quedando derogadas el resto:

Primera.- Las solicitudes de ayuda, que a la fecha de aprobación de este decreto, cuenten ya con propuesta de resolución del Servicio encargado de su tramitación, serán aprobadas conforme a la normativa vigente hasta la fecha de la propuesta.

Aquellas otras solicitudes, que a la entrada en vigor del presente Decreto, no tengan emitida...

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