ORDEN FORAL número 144 de fecha 19 de abril de 2000, por la que se regulan las ayudas a Entidades Locales del Territorio Histórico de Alava para adquirir equipos informáticos destinados al desarrollo de su actividad administrativa.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 24 de Mayo de 2000 , * B.O.T.H.A. Num. 58DIPUTACION FORAL DE ALAVA DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS - Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Ref. 3.336ORDEN FORAL número 144 de fecha 19 de abril de 2000, por la que se regulan las ayudas a Entidades Locales del Territorio Histórico de Alava para adquirir equipos informáticos destinados al desarrollo de su actividad administrativa. Mediante Orden Foral número 603, de 4 de mayo de 1996, se aprobaron las bases de concesión de ayudas otorgadas a las Entidades Locales del Territorio Histórico de Alava, para la adquisición de equipos informáticos. Su objetivo es mantener los procesos de trabajo y los sistemas de comunicación de dichas Entidades, perfectamente actualizados y adaptados a las exigencias de las nuevas tecnologías, y a la creciente demanda de servicios de los ciudadanos. La nueva estructura de la Diputación Foral de Alava, aprobada por Decreto Foral del Diputado General número 14/1999, de 28 de junio, hace necesario modificar el contenido de la Orden Foral 603 arriba citada, a fin de ajustar las competencias atribuidas en la misma a la nueva estructuración orgánica. Junto a lo anterior, resulta conveniente introducir ciertas precisiones técnicas en la redacción de la mencionada Orden Foral. Por ello, y con el fin de evitar la dispersión normativa, se ha considerado oportuno elaborar una nueva Orden Foral que venga a sustituir a la hasta ahora vigente. En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen, y de la delegación conferida por el Diputado General, mediante Decreto Foral 154/99, de 30 de julio, DISPONGO: PRIMERO: 1.- El objeto de la presente Orden Foral es la regulación de las ayudas a otorgar a las Entidades Locales para la adquisición de equipos informáticos destinados al desarrollo de su actividad administrativa. 2.- En lo no dispuesto en las siguientes bases serán de aplicación la Norma Foral 3/97, de 7 de febrero, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, las Normas Forales 52 y 53/92, de 18 de diciembre, y la correspondiente Norma Foral de ejecución presupuestaria anual. SEGUNDO: Podrán optar a las subvenciones exclusivamente los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Alava con una población de derecho inferior a 15.000 habitantes, así como las Cuadrillas en las que los mismos se integren. TERCERO: 1.- Serán...

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