Orden Foral nº 210/2010 de 8 de julio, que modifica los Disponendos Segundo, Tercero y Cuarto de la Orden Foral 87/2010 de 29 de marzo, que establece la normativa reguladora de la caza del corzo (Capreolus capreolus) en los cotos de caza del Territorio Histórico de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL nº 210/2010 de 8 de julio, que modifica los Dispo -nendos Segundo, Tercero y Cuarto de la Orden Foral 87/2010 de 29 de marzo, que establece la normativa reguladora de la caza del corzo (Capreolus capreolus) en los cotos de caza del Territorio Histórico de Álava.

Por Orden Foral 87/2010 de 29 de marzo se establece la normativa que regula la caza del corzo (Capreolus capreolus) en los cotos de caza mayor del Territorio Histórico de Álava para la temporada 2010/2011, en la que se prorrogan los cupos de captura de dicha especie que por Orden Foral 212/2009 de 16 de julio se habían fijado para la temporada 2009/2010.

El Disponendo décimo tercero de la citada orden faculta al Depar -tamento de Agricultura para modificar cualquier aspecto contenido en la misma por circunstancias, climáticas, biológicas u otras para la conservación del Patrimonio y/o para la defensa de los intere ses generales o del medio natural.

Considerando el aumento que se ha producido en la población de corzos, procede aumentar el cupo de caza en 50 machos y 71 hembras más de los adjudicados para esta temporada 2010-2011.

Vistos los informes preceptivos, en su virtud y haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

PRIMERO.- Modificar los Disponendos Segundo, Tercero y Cuarto de la Orden Foral 87/2010 de 29 de marzo, publicada en el BOTHA nº 39 de 12 de abril, por la que se establece la normativa que regulará la caza del corzo (Capreolus capreolus) en los cotos de caza del Territorio Histórico de Álava, en la temporada 2010/2011, quedando redactados de la siguiente forma:

SEGUNDO.- Autorizar para la temporada de caza 2010/2011, un cupo total de 373 machos de corzo en las Unidades de Gestión de caza mayor del Territorio Histórico de Álava: 36 en el sector I, 26 en el sector II, 40 en el sector III, 96 en el sector IV, 42 en el sector V, 85 en el sector VI, y 48 en el sector VII.

TERCERO.- Autorizar un cupo total de 344 hembras de corzo en las Unidades de Gestión de caza mayor del Territorio Histórico de Alava: 32 en el sector I, 26 en el sector II, 22 en el sector III, 89 en el sector IV, 42 en el sector V, 85 en el sector VI, y 48 en el sector VII.

CUARTO.- Las Unidades de Gestión a las que se refieren estas autorizaciones son:

Sector I: Sierra Salvada, Valle de Ayala. El territorio limitado por la Autopista AP-68, carretera A-624 y los límites con las provincias de Bizkaia y Burgos.

Sector II: Estribaciones del Gorbea.

Sector III: Aramaiona y Sierras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR