Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Estación TDT, redes B.T.y M.T., Puig de n’Andreu, Sant Antoni de Portmany.
Sección | III. Otras disposiciones y actos administrativos |
Emisor | CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO |
Rango de Ley | Acuerdo |
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo I de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears y el artículo 39 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 5 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO
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Que el proyecto prevé la instalación de una antena de TDT, la construcción de un nuevo centro de transformación y la instalación de 945 m de línea de MT y de 660 m de línea de BT sepultadas por caminos públicos existentes.
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Que la zona afectada por el proyecto está clasificada como suelo rústico protegido (LIC, ANEI o ARIP, APR de incendios, APT de costas y vulnerabilidad de acuíferos moderada o alta).
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Que la zona donde se llevará a cabo el proyecto está incluida dentro del ES5310105 els Amunts d’Eivissa en cuya ficha hay 15 especies de aves que figuran en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE.
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Que la actuación afectará a los hábitats de interés comunitario 5330, matorrales termomediterráneos y pre-estépicos y 6220, zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, prioritario.
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Que para la instalación de las líneas sepultadas por los caminos existentes, el proyecto prevé rehabilitar el camino y ampliarlo a 3 m, con los correspondientes impactos ambientales asociados.
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Que el centro de transformación no se ha situado fuera del APR de incendios, tal y como se solicitó en el informe emitido en fase previa de consultas.
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Que el impacto paisajístico de la torre metálica y las antenas será notable, pero el EIA no concreta las medidas correctoras para corregirlo.
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Que el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany señala la presencia de antiguos elementos constructivos (carboneras, hornos de cal, refugios, bancales, etc.) para los cuales propone compatibilizar la conservación.
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Que de acuerdo con el informe del Servicio de Protección de Especies de fecha de 1/12/2011 es conveniente que antes de ejecutar la adecuación del camino, un AMA acompañado por personal de la constructora prospecte la zona que se tiene que aclarar y marque los pies de gran porte existentes de la especie para evitar la afectación”
ACUERDA
A.En cuanto a la Evaluación de Impacto Ambiental:
Informar favorablemente el proyecto “Estación TDT, redes BT y MT, Puig de n’Andreu”, T.M. de Sant Antoni de Portmany, de acuerdo con las especificaciones del...
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