ORDEN FORAL 700/2002, de 31 de julio, de suspensión de la aprobación definitiva del expediente de modificación de las Normas Subsidiarias Iruña de Oca relativa al sector SAU-N4 y la unidad de ejecución R1-LS7.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 28 de Agosto de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 97I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesI - DIPUTACION FORAL DE ALAVA DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO Ref. 5.340ORDEN FORAL 700/2002, de 31 de julio, de suspensión de la aprobación definitiva del expediente de modificación de las Normas Subsidiarias Iruña de Oca relativa al sector SAU-N4 y la unidad de ejecución R1-LS7. I. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 24 de mayo de 2001, el Pleno del Ayuntamiento de Iruña de Oca, acordó aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Iruña de Oca, relativa al SAU-N4 y la unidad de ejecución R1-LS7 de Nanclares de la Oca, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 72 de 25 de junio de 2001, así como en "El Periódico de Álava" del día 25 de junio de 2001. Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada ninguna alegación, procediendo el Ayuntamiento, en sesión del 6 de septiembre de 2001, a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 19 de noviembre de 2001. Posteriormente, se presentó un escrito de Jacinto Rueda Valiente, como portavoz de los vecinos de Vicuña, presentado el día 5 de febrero de 2002 en la Diputación Foral de Alava, exponiendo su disconformidad con el expediente de modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento de Iruña de Oca, relativa al SAU-N4 y la unidad de ejecución R1-LS7 de Nanclares de la Oca. Tercero.- El expediente fue informado desfavorablemente en la Comisión de Urbanismo de Alava, en su sesión 4/2002 de 14 de mayo, tras lo cual el Ayuntamiento de Iruña de Oca solicitó la suspensión de la tramitación del mismo. Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado A) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de urbanismo, el expediente fue informado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 2/2002 de 28 de febrero, y por segunda vez en su sesión 5/2002 de 24 de julio. Quinto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados número 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su sesión 7/2002, de 29 de julio. II. FUNDAMENTOS Primero.- El presente expediente plantea la reclasificación y recalificación de dos ámbitos: SAU-N4, consta de una superficie de 32.947 m2, clasificado actualmente como no urbanizable y calificado como forestal a restaurar sobre sustrato frágil...

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