Decreto Foral 38/2007, del Consejo de Diputados de 17 de abril, que aprueba para el año 2007 los precios públicos de los artículos suministrados al público desde los puntos de atención de los Parques Naturales de Valderejo, Gorbeia e Izki.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Norma Foral 33/1.998 de 23 de Noviembre, establece en su articulado la regulación del Régimen Jurídico de las Tasas y Precios Públicos de las Entidades que componen el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Álava.

En virtud de ello y conforme a lo dispuesto en su normativa reguladora, se propone la aprobación de los Precios Públicos, que hayan de exigirse a los adquirientes de los artículos suministrados al públicos desde las puntos de atención de los Parques de Valderejo, Gorbeia e Izki en el año 2007. Los nuevos precios corresponden a la aplicación del IPC del año 2006 (2,7%) a los precios del citado año.

En su virtud, a propuesta de la Diputada Foral de Urbanismo y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy

DISPONGO:

Aprobar la aplicación de los Precios Públicos para el año 2007 correspondientes a los bienes suministrados al público desde los puntos de atención de los Parques Naturales de Valderejo, Gorbeia e Izki, que se especifican en los anexos que se acompañan a la presente resolución.

PRECIOS PÚBLICOS POR BIENES SUMINISTRADOS AL PÚBLICO DESDE PUNTOS DE ATENCION DE LOS PARQUES NATURALES DE ÁLAVA

Artículo 1º Actividad Sujeta y cuantía.

Está sujeta al pago de este Precio Público, la venta por el Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente, de los Bienes que se relacionan en anexos adjuntos a la presente resolución.

Artículo 2º Sujetos Obligados al Pago Están obligados al pago las personas físicas y jurídicas y las Entidades de Derecho Público que adquieren los bienes puestos a disposición del público en general.
Artículo 3º Obligación y Forma de Pago Nace la obligación de pagar los precios señalados en los anexos que se acompañan en el momento de adquirirse el bien correspondiente.

El pago se realizará en los puntos de atención al público de los Parques Naturales ó en la Diputación Foral de Álava, mediante entrega de efectivo, carta de pago que se confeccionará al efecto o transferencia bancaria.

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