Resolución de la gerente de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears por la que se aprueban las bases y la convocatoria de una bolsa de trebajo para cubrir temporalmente puestos de trabajo de la categoría de auxiliar técnico socioasnitario o auxiliar técnica sociosanitaria

SecciónPrimera. Nombramientos, situaciones e incidencias
EmisorFUNDACIÓN DE ATENCIÓN Y SOPORTE A LA DEPENDENCIA Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS ILLES BALEARS
Rango de LeyResolución

Se ha constatado la necesidad de constituir una bolsa de trabajo para cubrir las necesidades de contratación, con carácter temporal, de personal de la categoría de auxiliar técnico sociosanitario o auxiliar técnica sociosanitaria para los centros gestionados por la Fundación en las islas de Mallorca e Ibiza.

Los apartados i y j del artículo 28.1 de los Estatutos de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears establecen que corresponde al gerente o la gerente , entre otras funciones, “desarrollar la política de personal diseñada por el Patronato y, con esta finalidad, concertar o rescindir relaciones laborales, seleccionar el personal laboral, acordar las sanciones y ejecutar las actuaciones que, en esta materia, le sean encomendadas”, así como “ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación”.

Por lo anterior, con el informe previo favorable de la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

  1. Aprobar la convocatoria pública de una bolsa de trabajo para la contratación, con carácter temporal, de personal de la categoría de auxiliar técnico sociosanitario o auxiliar técnica sociosanitaria para los centros gestionados por la Fundación en las islas de Mallorca e Ibiza.

  2. Aprobar las bases que regirán esta convocatoria y que se adjuntan como anexo 1 de esta resolución, de acuerdo con el baremo de méritos que se especifica en el anexo 2.

  3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Fundación.

Palma, 28 de junio de 2016

La gerente

Alexandra Pavlovic Djurdjev

ANEXO 1

Bases de la convocatoria de una bolsa de trabajo para cubrir temporalmente puestos de trabajo de la categoría de auxiliar técnico sociosanitario o auxiliar técnica sociosanitaria de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears

  1. Objeto

    El objeto de esta convocatoria es constituir bolsas de aspirantes para cubrir, como personal laboral, las necesidades de contratación temporal de personal de la categoría profesional de auxiliar técnico sociosanitario o auxiliar técnica sociosanitaria. Se constituirá una bolsa para la isla de Mallorca y otra bolsa para la isla de Ibiza. Los aspirantes podrán participar en ambas bolsas o únicamente en una.

  2. Forma de selección

    La selección se hará mediante el procedimiento de concurso de méritos, de conformidad con el baremo que se detalla en el anexo 2. Los empates en la puntuación se dirimirán aplicando sucesivamente los criterios siguientes:

    1. De acuerdo con lo que prevé el punto 1.5.3 del Plan de Igualdad entre mujeres y Hombres de la Fundación, aprobado en fecha 13 de agosto de 2012, en el caso de que haya una infrarepresentación de mujeres en categoría profesional, si hay una puntuación igual entre dos candidatos o más, se debe seleccionar a la mujer, salvo que concurran en el otro candidato circunstancias que no sean discriminatorias por razón de sexo y que justifiquen que no se aplique la medida, como puede ser la pertenencia a otros colectivos con dificultades especiales de acceso al trabajo, una vez consideradas objetivamente todas las circunstancias concurrentes en los candidatos de ambos sexos; en el caso que sean dos mujeres o más, se deberá atender al resto de criterios que se enumeran a continuación.

    2. La mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional.

    3. La persona de más edad.

    4. La persona con mayores cargas familiares.

    5. El sorteo.

  3. Reserva pera personas con discapacidad

    Se debe ofrecer a las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 % el 7 % del total de los puestos de trabajo de la Fundación y, a estos efectos, se les deben ofrecer las vacantes que correspondan. No obstante, se les deben ofrecer también los puestos de trabajo no reservados que, según la puntuación obtenida el proceso selectivo, les correspondan.

    En todo caso, el ofrecimiento se supedita al hecho de que la discapacidad de la persona aspirante concreta sea compatible con las tareas del puesto de trabajo.

  4. Requisitos y condiciones de las personas aspirantes

    Para poder formar parte de la bolsa las personas aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes, los siguientes requisitos:

    1. Tener la nacionalidad española o la de un estado de la Unión Europea, o bien ser nacional de otros estados con las condiciones que establece el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

    2. Tener 16 años cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación.

    3. Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes a la categoría de auxiliar técnico sociosanitario o auxiliar técnica sociosanitaria.

    4. No haber sido separadas, mediante un expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar inhabilitadas de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las de los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria. En el caso de que sean nacionales de otro Estado, no estar inhabilitadas o en una situación equivalente, ni estar sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en las mismas condiciones, el acceso a un empleo público.

    5. Estar en posesión de una de las titulaciones siguientes:

    · El título de técnico o técnica en atención a personas en situación de dependencia que establece el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre.

    ·...

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