Resolución de la Directora General de Personal Docente de 22 de enero de 2019, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo de inspectores de educación en las Illes Balears

SecciónPrimera. Nombramientos, situaciones e incidencias
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyResolución
Núm. 15
2 de febrero de 2019
Fascículo 20 - Sec. II. - Pág. 3838
http://boib.caib.esD.L.: PM 469-1983 - ISSN: 2254-1233
Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
769 Resolución de la Directora General de Personal Docente de 22 de enero de 2019, por la que se
convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo de inspectores de educación en las Illes Balears
La disposición adicional duodécima, apartado 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 04/05/2006),
establece que el sistema de ingreso a la función pública docente es el de concurso oposición. De conformidad con la citada Ley, por Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE nº 53, de 02/03/2007), modificado por RD 48/2010, de 22 de enero (BOE nº 33, de 06/02/2010), y
por RD 84/2018, de 23 de febrero (BOE nº 49, de 24/02/2018), se aprobó el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas
especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo. El artículo 3, apartado 1 de este
Reglamento dispone que los órganos competentes de las administraciones públicas convocantes procederán a realizar la convocatoria para la
provisión de las plazas aprobadas en sus respectivas ofertas públicas de ocupación.
Dado que el Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2018 (BOIB núm. 151, de 01/12/2018), ha aprobado la oferta pública de ocupación
relativo al ámbito de la enseñanza no universitaria en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018 y con la finalidad de
proveer las plazas del cuerpo de inspectores de educación en las Illes Balears, la Directora General de Personal Docente, de acuerdo con el
apartado primero de la Resolución del Consejero de Educación y Universidad, de 29 de octubre de 2015, de delegación de determinadas
competencias en materia de gestión de personal (BOIB núm. 163, de 05/11/2015), modificada por la Resolución del Consejero de Educación
y Universidad de 21 de junio de 2017, es competente para dictar la presente Resolución.
Por todo eso, y previa negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Educación, dicto la siguiente
Resolución
1. Abrir la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura, en las Illes Balears, de 10 plazas de funcionarios docentes del cuerpo de
inspectores de educación.
2. Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
3. Aprobar los anexos 2 y 3 que contienen, respectivamente, el baremo para la valoración de los méritos en el procedimiento de acceso al
cuerpo de inspectores de educación y el modelo de solicitud.
4. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante
la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de
, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de laslas Illes Balears
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015), y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de
la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia
de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears,
de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 22 de enero de 2019
La Directora General de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez
http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2019/15/1026408
Núm. 15
2 de febrero de 2019
Fascículo 20 - Sec. II. - Pág. 3839
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ÍNDICE
Anexo 1: Bases de la convocatoria
Preliminar. Normativa de aplicación
Primera. Convocatoria
1.1. Código
1.1.1. Código, procedimiento y distribución de plazas por procedimientos
1.2. Distribución de plazas
Segunda. Requisitos y condiciones de los aspirantes
2.1. Requisitos y condiciones de los aspirantes
2.1.1. Requisitos y condiciones generales
2.1.2. Requisitos y condiciones específicas para participar en el procedimiento de acceso al cuerpo de inspectores de educación
2.1.3. Requisitos y condiciones específicas para los aspirantes con discapacidad
2.1.3.1. Participación en el turno de reserva para personas con discapacidad del procedimiento de acceso
2.1.3.2. Participación en el turno libre del procedimiento de acceso
2.1.3.3. Dictamen del equipo multiprofesional competente
2.2. Fecha del cumplimiento de los requisitos y condiciones
Tercera. Solicitudes y plazo de presentación
3.1. Tramitación y presentación de la solicitud y la documentación
3.1.1. Instrucciones para rellenar la solicitud
3.1.2. Tramitación telemática
3.1.3. Formalización de la solicitud
3.2. Código de participación
3.3. Aspirantes con alguna discapacidad
3.4. Aspirantes no españoles
3.5. Tasas del derecho de participación y procedimiento de abono
3.5.1. Tasas del derecho de participación
3.5.2. Procedimiento de abono de las tasas de participación
3.5.3. Exentos del pago de los derechos de participación
3.6. Consignación del título alegado para el acceso al cuerpo
3.7. Número de solicitudes
3.8. Presentación de la solicitud de participación
3.9. Plazo de presentación
Cuarta. Admisión de aspirantes
4.1. Lista de aspirantes admitidos y excluidos
4.2. Plazo de reclamaciones
4.3. Estimación/desestimación de reclamaciones
4.4. Reintegro de las tasas del derecho de participación
Quinta. Órgano de selección: tribunal
5.1. Tipo
5.2. Nombramiento del tribunal
5.3. Composición del tribunal
5.3.1. Designación de los miembros del tribunal
5.3.2. Miembros suplentes del tribunal
5.3.3. Designación excepcional de vocales
5.4. Obligatoriedad de la participación
5.5. Abstención y recusación
5.6. Constitución y actuación del tribunal
http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2019/15/1026408

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