Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 1 de octubre de 2019 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
Rango de LeyResolución

Hechos

  1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

  2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a determinadas líneas de ayudas que debe gestionar la Dirección General de Deportes y Juventud de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, concretamente las previstas al Objetivo III.6, Lucha contra las desigualdades. Promoción del deporte.

    En este sentido, la Consejería mencionada propone la convocatoria de ayudas destinadas a facilitar la práctica del deporte mediante la aportación de los costes de los desplazamientos a la Península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla del material deportivo de los deportistas y clubes de las Illes Balears con motivo de participar en campeonatos y/o ligas nacionales e internacionales oficiales, ahora bien por motivos de eficiencia y organización de los deportistas, clubes y federaciones deportivas de las Illes Balears, es necesario que estos puedan planificar sus temporadas deportivas y así mismo conseguir precios más baratos en sus desplazamientos a la Península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, cosa que hace pertinente incluir las anualidades 2021, 2022 y 2023, por lo cual se propone la modificación del Plan Estratégico para los ejercicios 2018/2020, con el fin de facilitar la planificación de las temporadas deportivas de los deportistas, clubes y federaciones deportivas de las Illes Balears, en sus desplazamientos a la Península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla con motivo de participar en campeonatos y/o ligas nacionales e internacionales oficiales.

  3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

    Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

    Fundamentos de derecho

  4. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico...

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