Decreto Foral 50/2007, del Consejo de Diputados de 26 de junio, que modifica la relación de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y personal eventual de la Administración General de la Diputación Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Presidencia
Rango de LeyDecreto foral

El Decreto Foral 49/2006, de 18 de julio, aprobó el Plan de Racionalización de los Recursos Humanos para el personal de las subescalas auxiliar y administrativa de la escala de administración general de la Diputación Foral de Álava.

El apartado II, punto 1 de su anexo señala que "en virtud del proceso voluntario de Promoción Interna que se regula en el presente Plan, con relación al personal de la subescala auxiliar, los puestos de trabajo que ocupen aquellos funcionarios/as que participando en el mismo superen la prueba que a tal efecto se realice, y que tal y como se ha definido en el punto I debe de tratarse de puestos abiertos a la subescala auxiliar, serán objeto de amortización creándose en su lugar puestos pertenecientes a la subescala administrativa".

El punto 4 del mismo apartado indica que "se encuentran incluidos en el presente proceso los 14 puestos definidos en la vigente relación de Puestos de Trabajo como Secretarias/os de Dirección, por encontrarse abiertos a la subescala auxiliar".

El apartado III, punto segundo, apunta que "los nuevos puestos pertenecientes a la subescala administrativa se adaptarán a la retribución fijada para los administrativos de carácter general en cuatro fases por cada una de las convocatorias, hasta que alcancen una retribución idéntica respecto del resto de puestos de administrativos de carácter general".

Para dar cumplimiento a lo anterior, se precisa una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que amortice los puestos de la subescala auxiliar ocupados por personas que han superado el proceso de promoción interna (anexo I) y cree los puestos pertenecientes a la subescala administrativa (anexo II).

Se define para estos puestos el grupo de clasificación, escala y subescala, nivel de complemento de destino y complemento específico en el sentido expresado en el anexo II adjunto, siendo el resto de requisitos de desempeño los mismos que los del puesto amortizado.

Los datos retributivos de los nuevos puestos de la subescala administrativa corresponden a la primera fase de adaptación económica prevista.

Así mismo, la Dirección de Hacienda, la Dirección de Servicios Generales y la Dirección de Función Pública han presentado propuestas para amortizar algunos puestos debido a la pérdida de su operatividad, y la creación en su lugar de otros con un contenido y características que responden a las necesidades actuales. Estas modificaciones se recogen en los anexos III y IV.

Igualmente, la creación en...

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