Decreto 34/2013, de 21 de junio, de modificación del Decreto 8/2006, de 3 de febrero, por el que se regula el Consejo de Salud Laboral de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Salud Laboral de las Illes Balears, que inicialmente se denominó Consejo Balear de Salud Laboral, fue creado mediante el Decreto 67/1997, de 21 de mayo. Su actual regulación viene recogida por el Decreto 8/2006, de 3 de febrero, que lo configura como el órgano de carácter asesor, consultivo y de participación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de seguridad y salud en el trabajo, adscrito a la consejería competente en salud laboral. Este decreto fue modificado por el Decreto 20/2010, de 8 de febrero, para adecuarlo al Decreto11/2007, de 11 de julio, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dotar a la Comisión Técnica de una mayor eficacia y adaptar las funciones del Consejo al nuevo marco de desarrollo de la acción preventiva en materia laboral.

El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, estructura la Consejería de Economía y Competitividad en una Secretaría General y las Direcciones Generales de Economía y Estadística; de Comercio y Empresa; de Industria y Energía; de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y de Trabajo y Salud Laboral.

Visto que, dada la distribución de competencias realizada por el citado decreto, la Dirección General de Economía y Estadística tiene atribuidas, entre otras funciones, la gestión del Observatorio del Trabajo de las Illes Balears, se considera adecuado que la persona titular de esta dirección general forme parte del Pleno del Consejo de Salud Laboral de las Illes Balears y, por tanto, se considera necesaria y oportuna la modificación del Decreto 8/2006, de 3 febrero, por el que se regula el Consejo de Salud Laboral de las Illes Balears, con el fin de adecuarlo a la estructura actual de la Consejería de Economía y Competitividad.

Por otra parte, la Dirección General de Comercio y Empresa tiene atribuidas, entre otras funciones, el sistema balear de responsabilidad social corporativa y de empresas; las políticas de igualdad en el ámbito laboral; el fomento de medidas de conciliación de la vida personal y la laboral en las empresas y el...

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