Orden Foral 152/2011, de 28 de marzo de Aprobación definitiva del expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Peñacerrada, referida a las parcelas del Polígono 1 del suelo urbano, números 917, 918 y parte de la 924.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Con fecha 25 de mayo de 2010, el Ayuntamiento de Peñacerrada acordó aprobar inicialmente la modificación de referencia de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOTHA 67 de 18 de junio de 2010, en el periódico El Correo de 15 de junio de 2010, en el Diario de Noticias de Álava, de 17 de junio de 2010 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

    Segundo.- De dicha aprobación inicial, fueron notificados los Concejos de las Juntas Administrativas del municipio, las administraciones públicas con competencias sectoriales y el Departamento Foral de Hacienda, Servicio de Patrimonio, al ser la Diputación Foral de Álava propietaria de la parcela 918, así como al Patrimonio del Estado, Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda en Álava, al haber sido desafectado el contenido edificado en la parcela 918 del polígono 1, del dominio público y ofrecido en reversión a su propietario, la Administración General del Estado, mediante Acuerdo 711/2000, de 2 agosto, del Consejo de Diputados.

    Tercero.- Durante el período de información pública no fue presentada alegación alguna, por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 7 de octubre de 2010 a aprobar provisionalmente el expediente.

    Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo, fue informado por la Sección de Planeamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco en su sesión 8/2010, de fecha 22 de diciembre.

    Quinto.- El Ayuntamiento de Peñacerrada remitió el expediente a la Diputación Foral de Alava para su aprobación definitiva, si procediese, donde tuvo su entrada el día 27 de enero de 2011.

    Sexto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 2/2011, de 22 de marzo.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero.- La modificación, promovida y tramitada por el Ayuntamiento de Peñacerrada, tiene por objeto la recalificación de las parcelas números 917, 918 y parte de la 924, actualmente regidas por la ordenanza SUR-3, para ser regidas por una nueva ordenanza S.U.7, de manera que de la actual SU-3 de uso característico residencial con una edificabilidad máxima de 2,5 m2t/m2s, se pasa a la nueva ordenanza la cual se divide en 2 áreas...

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