Decreto Foral 11/2009, del Consejo de Diputados de 10 de febrero, que regula el procedimiento para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos de carácter personal que son objeto de tratamiento por la Diputación Foral en el ejercicio de sus competencias.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Foral
Rango de LeyDecreto foral

La Constitución de 1978, obliga a los poderes públicos a limitar el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de los derechos (Art. 18.4 CE).

En este sentido, frente al riesgo que suponen los tratamientos de

datos personales, se ha reconocido un derecho específico de protección de estos datos, como ha afirmado la Sentencia del Tribunal Constitucional 292/2000.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece los principios y derechos básicos de las personas en relación al tratamiento que se haga de sus datos de carácter personal por parte de entidades públicas y privadas, extendiendo este derecho fundamental a los tratamientos de datos no automatizados, en consonancia con la Directiva 95/46 del Parlamento y el Consejo relativa a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de esos datos.

Este derecho fundamental a la protección de datos personales se define como el derecho de disposición y control sobre los datos relativos al propio individuo, que faculta a la persona a decidir sobre quién posee esos datos y para qué los va a usar, pudiendo oponerse a su posesión o utilización.

La Instrucción 1/1998, de la Agencia Española de Protección de Datos, desarrolla los requisitos y principios relativos al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Dichos derechos se configuran como uno de los ejes fundamentales sobre los que se articula la protección de los datos personales.

En esta línea, la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos establece, en su artículo 8.2, que "cada administración, institución o corporación regulará reglamentariamente el procedimiento para el ejercicio de los derechos señalados en el apartado 1 del mismo artículo, en relación con los ficheros de su titularidad a los que es de aplicación esta ley".

El Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre viene a desarrollar, a lo largo del articulado del título III, lo establecido en la LOPD en referencia al ejercicio de los derechos de las personas interesadas.

La Diputación Foral de Álava, en el desarrollo de su permanente compromiso de garantizar los derechos de las personas titulares de los datos, ha establecido sendos procedimientos para ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación a los datos de carácter personal que son objeto de tratamiento por esta administración foral.

Dichos procedimientos se incluyen en el Documento de Seguridad de la Diputación Foral de Álava, documento que recoge la normativa de seguridad implantada en esta administración con el fin de garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

El presente Reglamento regula los procedimientos para el ejercicio por las personas interesadas de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, con el objetivo último de proporcionar a la ciudadanía una respuesta efectiva a las demandas que, sobre sus datos de carácter personal, pueden plantear a la Diputación Foral de Álava.

En su virtud, a propuesta del Diputado Foral de Administración Foral, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada el día de hoy,

DISPONGO:

ÚNICO: Aprobar el reglamento por el que se regula el procedimiento para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación,

cancelación y oposición, en relación con los ficheros titularidad de la Diputación Foral de Álava, que figura como Anexo.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 31

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Vitoria-Gasteiz, a 10 de febrero de 2009.- El Diputado General, XABIER AGIRRE LÓPEZ.- El Diputado de Administración Foral, CLAUDIO RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ.- El Director de Servicios Generales, LUIS LATORRE MURGA.

Anexo

TÍTULO PRIMERO DE LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA Artículos 1 a 4
Artículo 1 Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La Diputación Foral de Álava garantiza a la ciudadanía su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación a los datos de carácter personal que son objeto de tratamiento por parte de esta administración foral en el ejercicio de sus competencias.

Los derechos previstos en este reglamento se ejercerán de la forma en él prevista en relación con los ficheros de imágenes y/o sonidos para los que no haya previsto un sistema legal de ejercicio específico de los mismos.

Artículo 2 La Oficina de Atención Ciudadana del Registro General.

Para dar respuesta correcta y eficaz a las demandas de la ciudadanía, la Diputación Foral de Álava cuenta con Oficinas de Atención Ciudadana en las distintas delegaciones de Registro dispersas por la provincia, cuya función es garantizar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación a sus datos de carácter personal que obren en poder de la Diputación Foral de Álava, centralizando la recepción y tramitación de solicitudes de ejercicio de los mismos.

Artículo 3 Alcance.

La persona titular de los datos tiene derecho a solicitar y obtener información de sus datos de carácter personal objeto de tratamiento por la Diputación Foral de Álava. Igualmente, podrá solicitar la rectificación o cancelación de los mismos en el supuesto de que los datos de carácter personal sean inexactos o incompletos, inadecuados o excesivos.

En los casos en que no sea necesario el consentimiento de la persona titular de los datos de carácter personal o estos no sean erróneos o inexactos, dicho titular podrá negarse a su tratamiento, siempre que una ley no disponga lo contrario, cuando existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal.

Artículo 4 Información.

La Diputación Foral de Álava adoptará las medidas oportunas para garantizar que todas las personas de su organización con acceso a datos de carácter personal puedan informar a las personas interesadas acerca del procedimiento que deben seguir para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

TÍTULO SEGUNDO EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Artículos 5 a 29

Y...

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