Don Fernando Palacio Sánchez-Izquierdo, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de Vizcaya. Hago saber: Que en los expedientes administrativos, que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra los deudores que a continuación se relacionan, ...
Sección | Administración General del Estado |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales |
Don Fernando Palacio Sánchez-Izquierdo, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de Vizcaya.
Hago saber: Que en los expedientes administrativos, que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra los deudores que a continuación se relacionan, se practica la notificación formal de requerimiento de bienes (TVA-218), que literalmente se transcribe.
Nombre o razón social N.o expediente N.o documento Importe
OLASAGASTI SALAVERRIA FERMIN 48/04/04/0272/49P 48/04/218/04/2050130 282,99
EKPENISI PAUL 48/04/04/0311/88P 48/04/218/04/2217454 586,18
HUERTA DIEZ DELFINA 48/04/04/0333/13P 48/04/218/04/2602727 251,54
GARCIA SAN MIGUEL SUSANA 48/04/04/0342/22P 48/04/218/04/2603333 2.333,41
ABDELGHARI YANOURI 48/04/04/0353/33P 48/04/218/04/2820470 418,70
DEL TESO TEJEDOR M. ROSARIO 48/04/04/0355/35P 48/04/218/04/2820672 530,06
MATIAS RGUEZ NUÑEZ, S.L. 48/04/04/0357/37P 48/04/218/04/2820874 1.701,81
RESITOR, S.A. 48/04/04/0358/38P 48/04/218/04/2820975 1.858,01
WHITE MARTIN JOHN 48/04/04/0361/41P 48/04/218/04/2821480 167,48
OKAFOR EVANS 48/04/04/0362/42P 48/04/218/04/2821581 334,96
AIGBOMIAN FRIDAY 48/04/04/0363/43P 48/04/218/04/2821682 167,48
ALDASORO OLABEGOYA DANIEL 48/04/04/0364/44P 48/04/218/04/2821783 251,54
EGUSKIZAGA BOLUMBURU AMAYA 48/04/04/0366/46P 48/04/218/04/2821985 503,08
JIMENEZ TRIGO JOSE IGNACIO 48/04/04/0376/56P 48/04/218/04/2822894 251,54
NWOKEOHA JACOB STAULEY 48/04/04/0378/58P 48/04/218/04/2823096 167,48
FORNIES UNZURRUNZAGA SUSANA 48/04/04/0354/34P 48/04/218/04/2820571 360,62
GUERRERO GONZALEZ ANDRES 48/04/04/0375/55P 48/04/218/04/2822793 282,99
GALVEZ REDONDO IGOR 48/04/04/0406/86P 48/04/218/04/3030840 251,54
IÑURRATEGUI LIZUNDIA JOSE A. 48/04/04/0412/92P 48/04/218/04/3031850 264,99
Una vez transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente providencia de embargo de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses, en su caso, y las costas que legalmente sean exigibles. A tales efectos, y en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba