Don Jesús Agustín Pueyo Rodero, Magistrado-Juez de lo Penal número 5 de Bilbao. Hago saber: Que en dicho Juzgado, se siguen causa 39/96, Ejecutoria 129/96 por robo con intimidación, en el que se ha acordado sacar a pública subasta por término de 8 días, ...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Penal número 5 de Bilbao (Bizkaia)

Don Jesús Agustín Pueyo Rodero, Magistrado-Juez de lo Penal número 5 de Bilbao.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, se siguen causa 39/96, Ejecutoria 129/96 por robo con intimidación, en el que se ha acordado sacar a pública subasta por término de 8 días, los bienes que luego se dirán, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado el día 24 de marzo de 2000, a las 12,00 horas, con las prevenciones siguientes:

  1. a Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo.

  2. a Que los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya, S.A., número 473600007812996, una cantidad igual, por lo menos, al 20% del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el número y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques.

  3. a Unicamente el ejecutante podrá concurrir con la calidad de ceder el remate a terceros.

  4. a En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.

  5. a Que las cargas y gravámenes anteriores y los posteriores preferentes al del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta se señala para la celebración de una segunda el día 31 de marzo de 2000, a las 12,00 horas, sirviendo de tipo el 75% del señalado para la primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera.

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