Demarcación de Costas del País Vasco.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiendo resultado infructuosas las gestiones que se han realizado para efectuar la notificación de «Resolución» del expediente administrativo SAN01/07/48/0038 iniciado a don Pedro Barrera Lacabex, ...

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Medio Ambiente

Demarcación de Costas del País Vasco.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiendo resultado infructuosas las gestiones que se han realizado para efectuar la notificación de «Resolución» del expediente administrativo SAN01/07/48/0038 iniciado a don Pedro Barrera Lacabex, cuyo último domicilio conocido es calle Loibe, 4 (48810-Alonsotegi), se hace público, a continuación, su contenido.

Examinado el expediente sancionador de referencia, motivado por haber cometido una infracción por la ocupación del dominio público marítimo-terrestre sin la debida autorización, mediante el estacionamiento del vehículo Volkswagen Golf, matrícula 6660-FHZ, el día 2 de mayo de 2007, en la playa Salvaje, en el término municipal de Sopelana.

I. Antecedentes

Con fecha 9 de mayo de 2007 le fue enviada notificación de incoación de expediente sancionador y pliego de cargos formulado, en el que se exponían los hechos imputados, concediéndole un plazo de diez días para contestarlo. Dicha notificación fue devuelta a esta Demarcación por el Servicio de Correos el día 7 de junio de 2007, por lo que se remitieron edictos de la misma al Ayuntamiento de Alonsotegi y al «Boletín Oficial de Bizkaia» para su publicación.

Transcurrido el plazo concedido, no se ha presentado alegación alguna contra los cargos que se le imputan.

II. Legislación aplicable

Ley de Costas, de 28 de julio de 1988; Reglamento General para su desarrollo y ejecución, aprobado por Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre; Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 4/99, de modificación de la anterior, Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto; Real Decreto 1771/94, de 5 de agosto, de adaptación a la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de determinados procedimientos en materia de costas y demás disposiciones que resulten de aplicación.

III. Fundamentos jurídicos

El artículo 33.5 de la vigente Ley de Costas establece que quedarán prohibidos el estacionamiento y circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas en la zona de dominio público marítimo-terrestre.

Los hechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR