DECRETO FORAL 4/2001, del Consejo de Diputados de 23 de enero, que aprueba los porcentajes para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en los ejercicios 2000 y 2001 para determinadas actividades.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 29 de Enero de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 12I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 487DECRETO FORAL 4/2001, del Consejo de Diputados de 23 de enero, que aprueba los porcentajes para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en los ejercicios 2000 y 2001 para determinadas actividades. Mediante Orden de 28 de diciembre de 2000, se introducen en territorio de régimen común diversas modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido. En concreto, se reduce el porcentaje para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para determinadas actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales que condicionan la política de precios y el volumen de operaciones de las explotaciones. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.2 del Concierto Económico, el Impuesto sobre el Valor Añadido se regirá por las mismas normas sustantivas establecidas en cada momento por el Estado, salvo determinadas excepciones que no son aplicables al caso presente. Por otra parte, el artículo 38.3 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado mediante Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, habilita a la Diputación Foral de Álava, ante circunstancias excepcionales, a reducir los índices o módulos aplicables en el régimen...

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