Para notificar acuerdo plenario sobre la aprobación provisional del Documento de Normas Subsidiarias de este Municipio a los señores don Estanislao Vivanco Gabiña, con último domicilio conocido en el número 17 de la calle Eskauriatza de la localidad de La Quadra, en Güeñes; don Juan María Vivanco Gabiña,....
Sección | Administración Local del Territorio Histórico de Bizkaia |
Emisor | Ayuntamiento de Güeñes |
NOTIFICACION DE ACUERDO PLENARIO
Para notificar acuerdo plenario sobre la aprobación provisional del Documento de Normas Subsidiarias de este Municipio a los señores don Estanislao Vivanco Gabiña, con último domicilio conocido en el número 17 de la calle Eskauriatza de la localidad de La Quadra, en Güeñes; don Juan María Vivanco Gabiña, con último domicilio conocido en el número 1, piso 8.o derecha, de la calle Iparraguirre, de Durango, y don José Ignacio Vivanco Gabiña, con último domicilio conocido en el número 1, piso 12, letra C, de la calle Blas de Otero, en Bilbao; por haber sido imposibles las notificaciones personales incluso a través de requerimiento notarial.
Siendo el texto íntegro de las notificaciones el siguiente:
El Ayuntamiento Pleno de este municipio, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 1994, adoptó, entre otros, el siguiente
ACUERDO
A) Fijación de plazo para la firma del convenio de cesión de la Casa Torre de Quadra Salcedo.
Vistos la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, el Reglamento de Planeamiento Urbanístico y el acuerdo de aprobación provisional de las Normas Subsidiarias, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de sus miembros, acuerda:
1. Otorgar a don Estanislao Vivanco Gabiña, don Juan María Vivanco Gabiña y don José Ignacio Vivanco Gabiña, un
plazo de 48 horas, a partir del día siguiente al recibo de la notificación del presente acuerdo, para que expresen formalmente su disposición y voluntad de suscribir de inmediato un convenio urbanístico por el que se determine la cesión de la 'Casa Torre de Quadra Salcedo', en favor del Ayuntamiento como equipamiento dotacional local, en compensación al plus de aprovechamiento que el plan otorga al suelo apto para urbanizar 'La Quadra'.
Transcurrido el citado plazo sin formalizarse la voluntad convencional, el Ayuntamiento ordenará al equipo redactor de las Normas fije una densidad para el sector 'La Quadra', de 10 viviendas/hectárea, parámetro equivalente al resto de sectores de baja densidad y estudien la localización idónea de los aprovechamientos sobrantes en otro ámbito territorial facilitando así la gestión de suelos con cierta complejidad.
2. Notificar la presente resolución a don Estanislao, don Juan María y don José Ignacio Vivanco Gabiña.
Contra el acuerdo que se le notifica, y que es definitivo en vía administrativa, podrá usted interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo...
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