Reglamento de los Órganos Territoriales y Urbanísticos de la Generalitat de Valencia (Decreto 162/2007, de 21 de septiembre)

Publicado enDOCV
Ámbito TerritorialNormativa de la Comunidad Valenciana
RangoDecreto

Mediante el Decreto 7/2007, de 28 de junio, del president de la Generalitat, se determinan las consellerias en las que se organiza la administración de la Generalitat y su denominación. Posteriormente el Decreto 92/2007, de 6 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, determinando las funciones que se atribuyen a los órganos directivos que la componen, atendiendo a las competencias que les han sido asignadas.

Por otro lado, el Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, determina las funciones que se atribuyen a los órganos superiores y centros directivos que la componen, así como las unidades administrativas de superior rango que se adscriben a cada uno de ellos. En lo relativo a las competencias territoriales y urbanísticas de la conselleria, la regulación de los órganos urbanísticos de la Generalitat incardinados en la misma viene siendo la establecida mediante el Decreto 201/2003, de 3 de octubre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de los Órganos Urbanísticos de la Generalitat.

La nueva estructura orgánica de la Generalitat derivada del citado Decreto 92/2007, del Consell, exige acomodar la estructura operativa de los órganos urbanísticos de la Generalitat a la realidad actual y, en consecuencia, demanda una necesaria modificación de la normativa reguladora de dichos órganos.

A tal efecto, y de conformidad con los previsto en el artículo 49.1.9 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana y según lo dispuesto en el artículo 18.f) de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de septiembre de 2007, DECRETO Artículo único Se aprueba el Reglamento de los Órganos Territoriales y Urbanísticos de la Generalitat, cuyo texto se inserta como anexo al presente Decreto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA

Las Comisiones Territoriales de Urbanismo acomodarán su composición a lo dispuesto en el presente Decreto dentro de los dos meses siguientes a su entrada en vigor.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA

Queda derogado el Decreto...

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