Orden Foral 351/2012, de 11 de julio, de aprobación definitiva con condiciones del expediente de Plan Parcial del Sector Residencial SAUR 3 en Bergüenda, municipio de Lantarón.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Por Orden Foral 37/2012 de 30 de 6 de febrero fue aprobado definitivamente el expediente 12ª de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lantarón, relativa a la reclasificación de la parcela 35-2-1217 en Bergüenda. Dicha modificación reclasificaba de una superficie de 4.891,22 m2 de suelo no urbanizable a suelo urbanizable residencial para posibilitar la futura construcción de 8 viviendas de promoción pública en la mencionada localidad.

    Segundo.- En fecha 17 de mayo de 2012 y número de registro de entrada 7487 se recibió un oficio del Ayuntamiento de Lantarón remitiendo el expediente del Plan Parcial del Sector Residencial SAUR 3 en Bergüenda con el fin de que le fuera concedida la aprobación definitiva si procediera.

    Tercero.- Del examen de los documentos que componen el expediente se desprenden los siguientes hechos fundamentales en su tramitación: a) Por Decreto de Alcaldía de fecha 28 de marzo de 2012, se acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial y someterlo a información pública por el plazo de 20 días hábiles, haciéndose efectiva mediante la inserción de los respectivos anuncios en el BOTHA nº 42, de 13 de abril de 2012 y en el periódico "El Correo" de 4 de abril de 2012. b) Dicha aprobación inicial fue notificada a la Junta Administrativa de Bergüenda. c) Dentro del plazo de exposición pública no fue presentada alegación alguna, procediendo el Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 9 de mayo de 2012, a la aprobación provisional del expediente.

    Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Diputado General número 62/2011, de 21 de julio, la aprobación definitiva, si procediese, corresponde a la Diputada titular del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, a la vista del documento del Plan Parcial y del resultado de su exposición pública durante el plazo legal.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero.- El documento, iniciado a través de la Sociedad Pública Municipal Suztatu, S.A. y el Ayuntamiento de Lantarón, ha sido tramitado siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

    Segundo.- El sector residencial SAUR 3, clasificado como urbanizable, tiene una extensión de 4.891,22 m2 de superficie, se encuentra situado en el límite del suelo urbano al noroeste de Bergüenda en una ladera que transcurre entre un camino y el río Omecillo. Tiene una pendiente acusada, por lo que las áreas más horizontales son las que se aprovecharán para...

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