ORDEN FORAL 518/2003, de 24 de diciembre, de aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector SAPUR1 de las Normas Subsidiarias de Amurrio.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 6 de Febrero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 16I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 84ORDEN FORAL 518/2003, de 24 de diciembre, de aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector SAPUR1 de las Normas Subsidiarias de Amurrio. I. ANTECEDENTES Primero.- Mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de junio de 2002, el Ayuntamiento de Amurrio aprobó inicialmente el Plan Parcial del sector SAPUR1, así como someter el expediente a información pública por el plazo de quince días, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 84 de 26 de julio de 2002 en el periódico El Correo de 23 de julio de 2003 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Segundo.- Durante el período de información pública se presentaron seis alegaciones. Tras ser informadas y resueltas con la estimación, en unos casos parcial, de las seis alegaciones, el Ayuntamiento, en fecha 5 de diciembre de 2002 procedió a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 8 de abril de 2003. II.- FUNDAMENTOS Primero.- El presente Plan Parcial desarrolla la ordenación pormenorizada del sector residencial SAPUR1 de las Normas Subsidiarias de Amurrio, cuya modificación referente al citado ámbito fue aprobada definitivamente mediante la Orden Foral número 214, de 17 de octubre de 2003, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente. Segundo.- Tras el análisis de la documentación aportada, cabe concluir que cumple los requisitos de contenido formal y material establecidos en las Normas Subsidiarias y en la legislación urbanística vigentes. Tercero.- Respecto a las alegaciones presentadas en el periodo de exposición pública, procede pronunciarse en el sentido que lo fue por la Corporación Municipal en el acto de aprobación provisional del expediente. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Aprobar definitivamente del Plan Parcial del sector SAPUR1 de las Normas Subsidiarias de Amurrio, formulado y tramitado por el Ayuntamiento del citado municipio. Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma. Vitoria-Gastez, a 24 de diciembre de 2003.- El Diputado Foral titular del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. INDICE TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL REFERENTESA LA APLICACIÓN DEL "PLAN PARCIAL" Artículo 0.1. Ámbito de intervención Artículo 0.2. Entrada en vigor y condiciones de vigencia Artículo 0.3. Marco normativo del proyecto Artículo 0.4. Documentos constitutivos del proyecto y alcance normativo de los mismos TITULO PRIMERO RÉGIMEN URBANÍSTICO GENERAL CAPITULO 1.1. RÉGIMEN DE CALIFICACIÓN PORMENORIZADA Artículo 1.1.1. Formulación del régimen de "calificación pormenorizada" CAPITULO 1.2. RÉGIMEN JURÍDICO PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL "PLAN PARCIAL" Artículo 1.2.1. Régimen general Artículo 1.2.2. Determinación del régimen de ejecución Artículo 1.2.3. Régimen para la formulación de los proyectos de obra necesarios para la ejecución de la urbanización Artículo 1.2.4. Condiciones de parcelación Artículo 1.2.5. Plazos para la solicitud de licencias de edificación en las parcelas de titularidad privada Artículo 1.2.6. Condiciones para la concesión de licencias de primera utilización. Artículo 1.2.7. Condiciones aplicables a los porches y áreas de las parcelas edificables sometidas a "servidumbre de uso público Artículo 1.2.8. Servidumbres entre parcelas. TÍTULO SEGUNDO ORDENANZAS PARTICULARES DE EDIFICACIÓN, USO,Y, DOMINIO APLICABLES A LAS "ZONAS DE USOPORMENORIZADO" EDIFICABLES * Zona "R.2/1" * Zonas "R.4" * Zona "Ec.1/1" * Zona "Ec.1/2" * Zona "Ec.2/1" * Zona "Ec.8/1" Documento "B. ORDENANZAS REGULADORAS" TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL REFERENTESA LA APLICACIÓN DEL "PLAN PARCIAL" Artículo 0.1. Ámbito de intervención El ámbito de intervención del presente proyecto es el "Suelo Apto Para Urbanizar 1" -"S.A.P.U.R "1"- definido como un "sector" para el desarrollo de "planeamiento parcial" en las vigentes "Normas Subsidiarias de Planeamiento...

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