Orden Foral 58/2013, de 7 de febrero, de aprobación definitiva y denegación del expediente de quinta modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Elburgo.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

ANTECEDENTES

Primero.- El Ayuntamiento de Elburgo acordó, en sesión del día 13 de junio de 2012, aprobar inicialmente el expediente de la quinta modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, así como someterlo a información pública, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 74, de 27 de junio de 2012, en el periódico Diario de Noticias de Álava de 28 de junio de 2012, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y notificación a las Juntas Administrativas del municipio.

Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna, por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 26 de septiembre de 2012, a aprobar provisionalmente el expediente y notificar dicha resolución a las Juntas Administrativas del municipio.

Tercero.- La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco informó favorablemente el expediente en su sesión 8/2012, de 11 de diciembre, de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Álava.

Cuarto.- El Ayuntamiento de Elburgo remitió el expediente para su aprobación definitiva con fecha de entrada en Registro de esta Diputación de 17 de diciembre de 2012, adjuntando una certificación del acuerdo adoptado en el pleno de 7 de noviembre de 2012 por el que se desistía de la tramitación del punto 1.2 de la modificación, relativo a las actividades de prospección, perforación y explotación de hidrocarburos que pudieran existir en el subsuelo.

Quinto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 1/2013, de 28 de enero.

FUNDAMENTOS

Primero.- El expediente tiene por objeto cuatro modificaciones que se relacionan a continuación: 1.- Modificación de la regulación de las separaciones exigidas a los cauces y masas de agua, que dependen de una autorización sectorial concurrente otorgada por parte de un Organismo distinto del Ayuntamiento, y que pudiera resultar contradictoria con las separaciones previstas en las Normas Subsidiarias. 2.- Modificación en el Suelo Urbano SUR-2 de la regulación de las edificaciones complementarias del uso residencial tales como casetas, leñeras o garajes. 3.- Modificación de la normativa que afecta al Suelo Urbano desarrollado a partir del Plan Parcial de Ordenación del SAUR-1 de Añua, con el fin de permitir la edificación de una vivienda bifamiliar en la...

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