ORDEN FORAL 768/2002, de 11 de septiembre, en relación con la aprobación inicial del Plan Parcial del Sector Industrial de Subillabide.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 25 de Septiembre de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 109I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 5.782ORDEN FORAL 768/2002, de 11 de septiembre, en relación con la aprobación inicial del Plan Parcial del Sector Industrial de Subillabide. ANTECEDENTES Primero.- En fecha 22 de julio de 2002 Álava Agencia de Desarrollo ha entregado en el Registro General de la Diputación un escrito, mediante el que solicita que sea sometido a la tramitación legal el expediente de Plan Parcial Industrial del Sector Subillabide perteneciente a los municipios de Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz. Acompañan al citado escrito cuatro ejemplares del documento técnico. FUNDAMENTOS Primero.- El presente Plan Parcial se redacta para ordenar pormenorizadamente el suelo urbanizable industrial de Subillabide, perteneciente a los municipios de Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz. El área perteneciente al municipio de Iruña de Oca está clasificada por las Normas Subsidiarias como suelo apto para urbanizar. Por otra parte, la correspondiente a Vitoria-Gasteiz pertenece al suelo urbanizable sin determinaciones. El Plan o Programa de Actuación Urbanística, para delimitar el Sector y dotar de determinaciones a esta parte perteneciente al municipio de Vitoria-Gasteiz fue aprobado inicialmente en fecha 24 de mayo de 2002, y provisionalmente el día 19 de julio de 2002, habiendo tenido entrada en la Diputación Foral para su aprobación definitiva el día 4 de septiembre de 2002. La legislación urbanística vigente permite que el planeamiento general y el de su desarrollo sean tramitados simultáneamente, siempre, evidentemente, que la aprobación definitiva de éste no se produzca antes que la del primero. Segundo.- Dado que el ámbito territorial del Plan Parcial abarca a mas de un municipio, la competencia para la aprobación inicial del expediente corresponde...

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