Orden Foral 371/2017, de 29 de diciembre, de aprobación definitiva con condiciones del expediente de 9ª modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Bernedo

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero. En sesión del día 21 de marzo de 2017, el Ayuntamiento de Bernedo acordó aprobar inicialmente el expediente de 9ª modificación de las normas subsidiarias, relativa a la recalificación del ámbito SUR-7 que pasa de residencial a equipamiento genérico, así como someterlo a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA número 38, de 31 de marzo de 2017 y en el periódico El Correo de 28 de marzo de 2017, así como notificación a las juntas administrativas del municipio.

    Segundo. Dentro del plazo de exposición pública no fue presentada alegación alguna, procediendo el ayuntamiento, en sesión del día 23 de mayo de 2017, a la aprobación provisional del expediente.

    Tercero. Mediante Orden Foral 187/2017, de 21 de junio, del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, se ha formulado con carácter favorable con condiciones la evaluación ambiental estratégica simplificada, habiendo sido publicada en el BOTHA 75 de 3 de julio de 2017.

    Cuarto. El expediente fue informado favorablemente con condiciones por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco en su sesión 5/2017, de 4 de octubre, de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Álava.

    Quinto. Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 23 de octubre de 2017, el Ayuntamiento de Bernedo remitió el expediente para su aprobación definitiva.

    Sexto. Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados número 155/1999, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 6/2017, de 19 de diciembre.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero. El objeto de este expediente, promovido y tramitado por el ayuntamiento, es la recalificación del área de suelo urbano SUR 7 del núcleo de Bernedo de suelo urbano residencial a sistema general de equipamiento genérico, a excepción del vial existente de conexión con la carretera foral A-126 que mantendría la calificación de sistema viario pero en lugar de tener carácter local sería general al poner en conexión los citados sistemas generales.

    Para lo cual se hace necesaria la modificación de los siguientes artículos:

    * Artículo 62. División del suelo en razón de su calificación, que incorporará el apartado de "Genérico" en la clasificación de los equipamientos comunitarios del punto 1.b.

    * Artículo 73. Clasificación de usos, que incorporará la clase "4.0. Genérico" en el apartado 4) del punto 2.

    * Artículo 78. Definición y clases, que incorporará en su punto 2 el apartado "4.0. Genérico: aquel destinado a cualquier uso de equipamiento sin distinción".

    * Fichas de unidades-Bernedo. Suelo Dotacional: SD.

    * Artículo 141. Se elimina de las zonas residenciales el SUR-7.

    Y la eliminación de la ficha del SUR-7.

    Segundo. El documento justifica esta modificación en los siguientes aspectos:

    1. En los problemas geológicos y geotécnicos que existen en el ámbito y que ocasionan una inestabilidad del terreno muy acusada e imposibilitan la ejecución de las previsiones del planeamiento, haciendo aconsejable una modificación de los usos admisibles.

    2. En la insostenibilidad económica y financiera del ámbito para la hacienda municipal considerando los costes de las actuaciones y obras requeridas para corregir el estado actual de la urbanización y la estabilización de los terrenos para posibilitar los usos y aprovechamientos lucrativos proyectados para dicha área.

    3. En la escasa o nula actividad urbanística en el núcleo en el período de vigencia del planeamiento actual tanto en la localidad de Bernedo como en el municipio y en la disponibilidad de suelo vacante tanto urbano como urbanizable en el citado núcleo.

      Tercero. El...

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