Orden Foral 34/2020, de 13 de febrero. Iniciación del procedimiento de revisión del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Rioja Alavesa

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

ANTECEDENTES

Primero. Por Decreto 271/2004, de 28 de diciembre, se aprobó definitivamente el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa), que desarrollaba las Directrices de Ordenación Territorial del País Vasco aprobadas definitivamente mediante Decreto 28/1997, de 11 de febrero, concretando para el Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa) los criterios específicos de ordenación que las Directrices establecían.

Este Plan comprende los términos municipales de Baños de Ebro, Kripan, Elciego, Elvillar, Labastida, Laguardia, Lanciego, Lapuebla de la Barca, Leza, Moreda de Álava, Navaridas, Oyón-Oion, Samaniego, Villabuena de Álava y Yécora.

Segundo. Mediante Decreto 251/2010, de 28 de septiembre, se aprobó definitivamente la primera modificación del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa), con el objeto principal de adecuar la normativa de regulación de las bodegas (orientada a la preservación y protección del suelo no urbanizable) a la situación socio-económica y funcionamiento del sector vitivinícola en la comarca.

Tercero. Por Decreto 134/2018, de 18 de septiembre, se aprobó definitivamente la segunda modificación del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa), relativa a las Determinaciones del Paisaje.

Cuarto. En mayo de 2016, el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava elaboró una memoria en la que se expusieron tanto el grado de cumplimiento de las determinaciones del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa) como las propuestas necesarias en orden a paliar o reformar los desajustes identificados.

Quinto. Transcurridos cerca de quince años desde su entrada en vigor, es necesario proceder a la revisión del Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Laguardia (Rioja Alavesa), para responder al escenario derivado de la nueva situación económica y de las necesidades surgidas en este periodo. En general, circunstancias sobrevenidas en este tiempo obligan a modificar los criterios generales de ordenación establecidos en el Plan.

La revisión de este Plan se elaborará, tramitará y aprobará favoreciendo y facilitando la participación de las administraciones públicas afectadas, de los agentes socioeconómicos y de la ciudadanía. Para ello, se diseñará un programa de participación pública en el que se establecerán objetivos, estrategias y mecanismos suficientes para posibilitar la...

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