Orden Foral 264/2019, de 4 de octubre. Aprobación definitiva con condiciones del expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lapuebla de Labarca relativa al cambio de calificación de las parcelas 414, 454, 508 y 392 del polígono 2 situadas en suelo no urbanizable

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero. Por Orden Foral 199/2018, de 4 de julio, del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, publicada en el BOTHA número 83 de 18 de julio de 2018, se formuló con carácter favorable, sujeto a determinadas condiciones, el Informe Ambiental Estratégico, conforme a lo establecido en la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.

    Segundo. El Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca, en sesión plenaria del día 15 de noviembre de 2018, acordó aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NNSS) para calificar parte de la parcela 414 como Z-7, zona agrícola de uso limitado sobre sustrato frágil, así como parte de las parcelas 454, 508 y 392 como Z-3, zona forestal y a restaurar sobre sustrato frágil. Asimismo, acordó someter el expediente a información pública, lo cual se llevó a cabo mediante la inserción de los respectivos anuncios en el BOTHA número 137 de 28 de noviembre de 2018, en el periódico El Correo con fecha 5 de diciembre de 2018 y en el "Diario de Noticias de Álava" de 10 de diciembre de 2018.

    Tercero. Dentro del plazo de exposición pública no se presentó alegación alguna, procediendo el Ayuntamiento, en sesión del día 16 de mayo de 2019, a la aprobación provisional del expediente por mayoría absoluta del Pleno.

    Cuarto. La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 5/2019 de 17 de julio, de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Álava, adoptó no poner objeción al expediente de referencia, así como remitir el informe emitido por la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, y el emitido por URA - Agencia Vasca del Agua en fecha 12 de julio de 2019.

    Quinto. El Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca remitió el expediente para su aprobación definitiva con fecha de entrada en el Registro de esta Diputación de 6 de agosto de 2019.

    Sexto. Mediante escrito, de fecha de salida 17 de septiembre de 2019, el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, comunicó al Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca la falta de informe técnico emitido por el/la arquitecto/a municipal.

    Séptimo. El Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca, en respuesta a dicha comunicación, remitió con fecha 24 de septiembre de 2019, dos informes técnicos emitidos por el arquitecto municipal, por lo que se considera subsanado el expediente.

    Octavo. Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 2/2019, de 2 de octubre.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero. El objeto de este expediente, promovido por el Ercoro, S. C., es cambiar la calificación de la parte de la parcela 414 del polígono 2 del municipio de Lapuebla de Labarca que actualmente está calificada como Zona 1. "Zona de...

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