Orden Foral 262/2016, de 25 de octubre, de aprobación definitiva con condiciones y suspensión parcial del expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Aspárrena

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero. El Ayuntamiento de Asparrena acordó, en sesión del día 8 de noviembre de 2012, proceder a la elaboración del Plan General de Ordenación Urbana al objeto de revisar las vigentes Normas Subsidiarias que fueron aprobadas definitivamente el 20 de febrero de 2004 y adaptar el planeamiento municipal a las prescripciones de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Asimismo acordó, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.1 de la Ley 2/2006, solicitar de los órganos competentes del Gobierno Vasco y Diputación Foral de Álava los informes a los que se hace referencia en dicho artículo. También solicitó de las Juntas Administrativas del municipio informe en relación con los criterios que debían ser tenidos en cuenta para la ordenación de los servicios de titularidad concejil y cualquier otro a considerar en la formulación del Plan General.

    Segundo. En sesión del día 4 de abril de 2013, el Ayuntamiento de Asparrena acordó someter a exposición pública el documento de Avance del Plan General, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 45, de 19 de abril de 2013, en el periódico El Correo, de 16 de abril de 2013, notificación a las Juntas Administrativas del municipio, a los Ayuntamientos de los municipios limítrofes y anuncio publicado en el tablón de edictos y página Web municipal.

    Durante el período de información pública fueron presentadas 59 sugerencias que fueron informadas por el equipo redactor, procediendo el Ayuntamiento, en sesión del día 21 de octubre de 2013, a resolver las sugerencias presentadas según consta en el acuerdo citado.

    Tercero. En sesión del día 4 de agosto de 2014, el Ayuntamiento de Asparrena acordó aprobar inicialmente el documento de Plan General de Ordenación Urbana, así como someterlo a información pública, junto al informe de sostenibilidad ambiental, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 95, de 25 de agosto de 2014, en el periódico El Correo de 20 de agosto de 2014, notificación a las Juntas Administrativas del municipio, a las administraciones públicas con competencias sectoriales y anuncio publicado en el tablón de edictos.

    Cuarto. Durante el periodo de información pública fueron presentadas 45 alegaciones, las cuales fueron informadas por el equipo redactor, procediendo el Ayuntamiento en sesión del día 21 de mayo de 2015, a aprobar provisionalmente el expediente con estimación y desestimación de las alegaciones presentadas, ordenando asimismo la remisión del expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco. Asimismo se notificó el acuerdo a las Juntas Administrativas del municipio.

    Quinto. La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco informó el expediente en su sesión 5/2015, de 16 de septiembre, estableciendo las condiciones que se recogen en la certificación emitida al respecto y señalando la no necesidad de que el expediente sea sometido nuevamente a informe de la Comisión. Asimismo se han adjuntado los informes emitidos por la Dirección de Agricultura y Ganadería, la Vice consejería de Vivienda, Agencia Vasca del Agua (URA), e informe del Servicio de Urbanismo de la Diputación Foral de Álava.

    Sexto. Paralelamente al procedimiento urbanístico del Plan General de Ordenación Urbana, también se ha tramitado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, habiéndose emitido la memoria ambiental el 23 de abril de 2015.

    Séptimo. Con posterioridad al acuerdo de aprobación provisional, y como consecuencia del informe emitido por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en el que se señalaba que el cambio de clasificación del sector SAUI-2, se había realizado al margen del procedimiento establecido en la Ley 2/2006, de 30 de junio, el Ayuntamiento de Asparrena acordó, en sesión de 2 de octubre de 2015, someter a nueva información pública la desclasificación del sector industrial SAUI-2, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 124, de 23 de octubre de 2015, en el periódico el Diario de Noticias de Álava, de 9 de octubre de 2015, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y notificación a las Juntas Administrativas del municipio.

    Durante el periodo de información pública fue presentada una alegación por parte de Álava Agencia de Desarrollo S. A, la cual fue informada por el equipo redactor, procediendo el Ayuntamiento, en sesión de 3 de diciembre de 2015, a desestimar la alegación de Álava Agencia de Desarrollo S. A y ordenar la remisión del expediente a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 16 de diciembre de 2015.

    Octavo. Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 10 de marzo de 2016, el Ayuntamiento de Asparrena, a la vista de los informes jurídico y técnico, elaborados por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el expediente de Plan General de Ordenación Urbana, solicitó la retirada de dicho expediente y suspensión del plazo para dictar resolución.

    Noveno. Mediante Orden Foral nº 71/2016, de 14 de marzo, del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, se accedió a la solicitud del Ayuntamiento de Asparrena de retirada y suspensión del plazo para dictar resolución en el expediente de Plan General de Ordenación Urbana.

    Décimo. Mediante acuerdo adoptado en sesión de 7 de abril de 2016, el Ayuntamiento de Asparrena revocó el acuerdo de aprobación provisional de 3 de diciembre de 2015, y acordó una nueva aprobación inicial en relación con las determinaciones modificadas en virtud de los informes de la Diputación Foral de Álava. Dichas determinaciones fueron expuestas al público mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 43, de 18 de abril de 2016, en el periódico Diario de Noticias de Álava de 13 de abril de 2016, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y notificación a las Juntas Administrativas del municipio.

    Undécimo. Durante el periodo de información pública fueron presentadas 10 alegaciones que fueron informadas por el equipo redactor, procediendo el Ayuntamiento, en sesión del día 2 de junio de 2016, a aprobar provisionalmente el expediente, con desestimación de las alegaciones presentadas, y ordenar su remisión a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva.

    Duodécimo. Mediante escrito, de fecha 27 de junio de 2016, de la Directora de Medio Ambiente y Urbanismo, se solicitó al Ayuntamiento de Asparrena que, con carácter previo a la resolución que deba adoptar la Diputación Foral de Álava, el expediente de Plan General se sometiera a informe previo de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco.

    El Ayuntamiento de Asparrena remitió, con fecha 8 de julio de 2016, el expediente de Plan General a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco.

    Decimotercero. Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 26 de julio de 2016, el Ayuntamiento de Asparrena remite copia de la carta que le remitió el Director de Planificación Territorial y Urbanismo del Gobierno Vasco en la que literalmente se dice:

    "En este sentido he de comunicarle que el citado informe de la COTPV señala expresamente en su apartado I.4b, relativo a la ordenación y cuantificación del suelo de actividades económicas que, de modo puntual, se informaba desfavorablemente el cambio de clasificación del área SAUI-2. No obstante, dicho informe puntualiza que, a los efectos de lo establecido en el punto 3 de la disposición adicional primera de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, una vez introducidas las condiciones contenidas en el citado informe, el expediente presentado podrá ser aprobado definitivamente sin necesidad de ser sometido nuevamente a informe de esta Comisión."

    A la vista del citado escrito el Ayuntamiento de Asparrena entiende que no es preciso nuevo informe de la COTPV, por lo que solicita la aprobación definitiva del expediente.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero. El presente expediente de Plan General de Ordenación Urbana de Aspárrena constituye la Revisión de las Normas de Planeamiento Municipal de Aspárrena vigentes desde el año 2004, así como las 4 Modificaciones Puntuales tramitadas hasta la fecha. Asimismo cabe destacar que, en estos últimos años se han desarrollado en el municipio tres planes parciales residenciales en Arriola y Albeniz, un plan de compatibilización en el polígono industrial de Aspárrena-San Millán y un Plan Parcial en el sector industrial de Aspárrena y San Millán.

    El documento técnico del Plan General presenta una estructura correcta y cumple, en términos generales, lo especificado en la legislación vigente, en concreto la Ley 2/2006, de 30 de junio de Suelo y Urbanismo y el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio de Texto Refundido de la Ley del Suelo.

    Segundo. El municipio de Aspárrena cuenta con una superficie de, aproximadamente 66 Km² y una población de 1671 habitantes, de los cuales el 75% se concentra en Araia. El resto de los 9 núcleos tienen una población de entre 13 y 80 habitantes. Cabe destacar que la estructura poblacional de este municipio ha permanecido constante e incluso ligeramente al alza (incremento del 4%) desde el año 2000. El PGOU califica el 68% de la superficie del municipio como Zonas de Especial Protección, con alguna protección de tipo supramunicipal incluyendo en ellas el Parque Natural, y el 27% como Zonas Preservadas, las zonas forestales, agroganaderas y pastos montanos. Entre las zonas de especial protección más relevantes del municipio se distinguen:

    1. Las zonas de especial conservación ZEC del Río Arakil y Río Barrundia y

    2. El LIC Aizkorri-Aratz, que se incluye con la delimitación más amplia del Parque Natural de Aizkorri-Aratz, tanto su zona de reserva y conservación activa como su zona...

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