Orden Foral 20/2019, de 22 de enero, de aprobación inicial del expediente de declaración de interés público para la instalación de una central solar fotovoltaica aislada para bombeo directo a balsa, en la parcela número 353, polígono 4, de la localidad de Orbiso, municipio de Campezo

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

La Comunidad de Regantes de Orbiso ha solicitado ante el Ayuntamiento de Campezo licencia de obras para la instalación de una central solar fotovoltaica aislada para bombeo directo a balsa, en la parcela número 353, polígono 4, de la localidad de Orbiso.

El Ayuntamiento de Campezo remite el expediente y solicita la tramitación de la declaración de interés público del proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.5.a) de la Ley vasca 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

Forma parte del expediente el proyecto técnico visado, así como el informe emitido por el arquitecto municipal, en el que consta que la parcela se encuentra en Suelo No Urbanizable, Área Forestal, categoría 3, de acuerdo con lo previsto en el PGOU vigente del municipio.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo es competente para resolver el expediente que se examina de conformidad con el Decreto Foral del Diputado General 133/2015, de 3 de julio, y con lo establecido en el artículo 18.c) del Decreto Foral 17/2016, del Consejo de Diputados de 9 de febrero, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento.

De acuerdo con el régimen establecido en el art. 28.5.a) de la Ley 2/2006, podrán llevarse a cabo en suelo no urbanizable "las actuaciones dirigidas específicamente y con carácter exclusivo al establecimiento de dotaciones, equipamientos y actividades declarados de interés público por la legislación sectorial aplicable o por el planeamiento territorial, y que, en todo caso y para el caso concreto, sean además declaradas de interés público por resolución de la diputación foral correspondiente previo trámite de información pública de veinte días".

La naturaleza jurídica de la aprobación inicial en el caso...

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