Orden Foral 191/2018 del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, de 22 de junio, que formula el informe ambiental estratégico de la 14ª modificación puntual de normas subsidiarias de Ribera Baja

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

La tramitación de la "14ª modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Ribera Baja", relativa a la unidad de ejecución UE 1 en el suelo urbano residencial R02 para su ordenación pormenorizada como equipamiento y dotacional, se encuentra sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, regulado mediante la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

En el marco de este procedimiento, con fecha 9 de febrero de 2018 tuvo entrada en la Diputación Foral de Álava escrito del Ayuntamiento de Ribera Baja a los efectos de iniciar la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de la citada modificación puntual. La documentación que trasladó el Ayuntamiento de Ribera Baja al respecto es la siguiente:

- Documento urbanístico correspondiente a la "14ª modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Ribera Baja" (1 ejemplar en soporte informático "pdf").

- Documento ambiental estratégico de la evaluación ambiental estratégica simplificada, referida a la citada actuación urbanística (1 ejemplar en soporte informático "pdf").

El Servicio de Sostenibilidad Ambiental dio inicio el 14 de febrero de 2018 a la fase de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, según procedimiento reglado. Una vez finalizado el periodo de consultas el presente informe se emite por parte del Servicio de Sostenibilidad Ambiental a instancias de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo.

El informe ambiental estratégico sobre el que se fundamenta la presente resolución ha sido emitido por el Servicio de Sostenibilidad Ambiental con fecha 19 de junio de 2018 (expediente 18/49).

  1. Breve resumen de las características de la Modificación Puntual. Ámbito geográfico objeto de evaluación. Alternativas estudiadas

    1.1. Breve resumen de las características de la modificación puntual:

    Los objetivos de la planificación se deben a la necesidad de un cambio del "uso residencial privado" de la unidad de ejecución UE 1 del suelo urbano R02 a un "uso de equipamiento público y dotacional" para la ampliación de la zona de equipamiento de la localidad, así como la dotación de un aparcamiento de vehículos contiguo a las zonas deportivas municipales (frontón, piscinas y pistas deportivas) y cercano al núcleo histórico de la localidad donde los estacionamientos son escasos y se encuentran el resto de los servicios municipales.

    Asimismo se plantea modificar el sistema de actuación vigente de "concertación" por un sistema de actuación de "expropiación", que permita la adquisición de los terrenos para el fin que se pretende.

    Finalmente, también se ordena la ubicación de una zona calificada como "sistema local de espacios libres de uso V/1 - parques públicos, áreas ajardinadas y zona de juego de niños" de 2.887 m2 de superficie, incluida en el ámbito de la modificación puntual de las normas subsidiarias.

    1.2. Ámbito geográfico objeto de la evaluación:

    El ámbito de la modificación puntual es la superficie que comprende el sector de la unidad de ejecución ue 1 del suelo urbano R02, con una superficie total de 9.966 m2. La unidad de ejecución se corresponde con las parcelas catastrales número 429, 430, 431, 432, 433, 434 y 435. En la siguiente imagen se muestra y resalta el ámbito geográfico objeto de evaluación:

    1.3. Alternativas estudiadas:

    Según se desprende de la documentación aportada por el promotor, se presentan dos alternativas, las cuales se resumen brevemente a continuación:

    - Alternativa "0" (no seleccionada): supondría el mantenimiento de la situación actual y no intervenir. Esta alternativa no permite ejecutar la ampliación de la zona de equipamiento junto a los equipamientos deportivos de la localidad, ni la ejecución de un aparcamiento de vehículos contiguos a las zonas deportivas. Esta alternativa se traduciría en la previsible urbanización del sector para la ejecución de 10 viviendas adosadas, tal y como recoge actualmente el planeamiento urbanístico municipal.

    - Alternativa "1" (seleccionada): esta alternativa permitiría la ampliación de la zona de equipamiento de la localidad, así como la dotación de aparcamiento de vehículos contiguo a las zonas deportivas municipales (frontón, piscinas y pistas deportivas) y cercano al núcleo histórico de la localidad, permitiendo evitar parte de la circulación y aparcamiento de vehículos por el casco urbano de la localidad. Además, con dicha intervención se reordena la ubicación de una zona calificada como "sistema local de espacios libres uso V/1" (2.887 m2), por lo que no se modifica la superficie de espacios libres prevista para el...

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