Orden Foral 181/2019, de 12 de julio, aprobación definitiva con condiciones del expediente de Plan Especial de Ordenación en Suelo No urbanizable que desarrolla la construcción de un almacén agrícola con residencia para el agricultor en la parcela 5-3149, del municipio de Lanciego

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

ANTECEDENTES

Primero. El Ayuntamiento de Lanciego acordó, en sesión plenaria del día 14 de septiembre de 2018, aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación en Suelo No urbanizable que desarrolla la construcción de un almacén agrícola con residencia para el agricultor en la parcela 5-3149 de Lanciego, así como someter el expediente a información pública por el plazo de 45 días hábiles, hecho que fue practicado mediante el anuncio en el BOTHA número 114, de 3 de octubre de 2018 y en el periódico "Diario de Noticias de Álava" del 28 de septiembre de 2018.

Segundo. Dentro del plazo de exposición pública no fue presentada alegación alguna, procediendo el Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 18 de enero de 2019, a la aprobación provisional del expediente.

Tercero. Se ha tramitado el expediente de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, siendo emitida la Orden Foral 182/2018, de 13 de junio, por la que se formula el Informe Ambiental Estratégico del "Plan Especial de Ordenación en Suelo no Urbanizable para la construcción de una vivienda unifamiliar y almacén agrícola en la parcela 1330 (actual 3149) del polígono 5 en Lanciego" -BOTHA número 76 de 2 de julio de 2018-.

Cuarto. La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 3/2019 de 22 de mayo, de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Álava, adoptó como acuerdo informar favorablemente el expediente de referencia adjuntando, asimismo, el informe emitido por la Agencia Vasca del Agua (URA).

Quinto. Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 31 de mayo de 2019, el Ayuntamiento de Lanciego remite el expediente del Plan Especial objeto de informe para su aprobación definitiva.

Sexto. Examinado el expediente remitido se observó que faltaba por aportar la Evaluación de impacto de género (EIG) o, en su caso, la justificación de la exención de realizar dicha evaluación previa de impacto, requiriéndose al Ayuntamiento la citada documentación con fecha de 14 de junio de 2019, la cual fue aportada con entrada de 1 de julio de 2019.

FUNDAMENTOS

Primero. El objeto de este expediente, de promoción privada y tramitado por el Ayuntamiento, es la construcción de un almacén agrícola con residencia para el agricultor en la parcela 5-3149 de Lanciego; estableciendo, para ello, la ordenación pormenorizada del mismo mediante un Plan Especial y justificando, entre otras cosas, que se da cumplimiento a los requisitos...

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