Orden Foral 167/2018, de 22 de mayo que aprueba el nombramiento de las personas miembros de la Mesa de Coordinación General y Seguimiento del Plan Estratégico de Cultura de Álava
Sección | Diputación Foral de Álava |
Emisor | Departamento de Euskera, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden foral |
El Acuerdo 105/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de febrero, aprobó el Plan Estratégico de Cultura de Álava (2017-2020) y lo comunicó a la Comisión de Euskera, Cultura y Deporte de Juntas Generales de Álava para su debate.
La Comisión de Euskera, Cultura y Deporte de las Juntas Generales de Álava, en sesión del 9 de junio de 2017, debatió el citado Plan Estratégico (BOTHA 74, de 30 de junio de 2017).
El Plan Estratégico establece una visión a medio plazo que inspire las actuaciones específicas de planificación. Se trata de orientar la política cultural a desarrollar por la Diputación Foral de Álava mediante el establecimiento de las prioridades de actuación, conforme a una reflexión estratégica que parte de la consideración de la relevancia social de los sectores culturales y creativos.
En el ámbito de la Diputación Foral de Álava es el Departamento de Euskera, Cultura y Deporte quien asume el desarrollo de los cometidos emanados del citado Plan Estratégico de Cultura de Álava (2017-2020), en virtud del Decreto Foral 16/2016, del Consejo de Diputados de 9 de febrero, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.
Mediante Decreto Foral 16/2018, del Consejo de 27 de marzo, se aprobó la creación de la Mesa de Coordinación General y Seguimiento del Plan Estratégico de Cultura de Álava y la regulación de su composición, organización y funcionamiento.
El artículo 3 del citado decreto foral detalla la composición de la Mesa de Coordinación General y Seguimiento del Plan Estratégico de Cultura de Álava, la cual está integrada por:
- Presidencia: desempeñada por la Diputada o Diputado titular en materia de cultura, o persona en quien delegue.
- Vocalías: en número máximo de 24 en representación de distintos colectivos y agentes tanto públicos como privados del sector cultural y creativo. Se procurará dar cabida a la participación de personas de otros sectores cuyos intereses y recomendaciones puedan promover y favorecer el desarrollo cultural y creativo en su más amplio sentido.
- Secretaría: desempeñada por la jefatura del servicio del departamento competente en materia de cultura cuyo fin fundamental sea la promoción de la actividad cultural. Asistirá a las sesiones de la mesa con voz pero sin voto, y ejercerá las funciones atribuidas a las secretarías de los órganos colegiados.
En el artículo 5 dispone que la directora o director titular en materia de cultura ocupará una de las vocalías de...
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