Orden Foral 144/2019, de 5 de junio, de aprobación inicial del expediente de declaración de interés público del proyecto de Nuevo Centro de Transformación 'Kostera II', modificación de la línea aérea, instalación de línea subterránea y desguace del Centro de Transformacion anterior, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U. en la localidad de Kostera, municipio de Ayala

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

Iberdrola Distribución Eléctrica S. A. U. ha solicitado ante el Ayuntamiento de Ayala solicitud de licencia de obras para la construcción del proyecto denominado "Nuevo Centro de Transformación nº 901142510 Kostera II y modificación de la línea de 13,2 kV S. C. Arceniega-Menagarai cto. 3?? de acometida. Desguace del C. T. nº 200804350 "Costera 2", en la ubicación determinada por las coordenadas UTM ETRS89 X:491.575 Y:4.772.238, en Suelo No Urbanizable en la localidad de Kostera.

El Ayuntamiento de Ayala remite el expediente y solicita la tramitación de la declaración de interés público del proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.5.a) de la Ley vasca 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

Forma parte del expediente el informe técnico remitido por Iberdrola Distribución Eléctrica S. A. U. como promotora del proyecto, así como el informe emitido por el arquitecto municipal, en el que consta que el emplazamiento previsto se encuentra en Suelo No Urbanizable, calificado de Paisaje Rural de Transición, de acuerdo con lo previsto en las Normas Subsidiarias vigentes del municipio. Asimismo manifiesta que la instalación se corresponde con una infraestructura de utilidad pública, admitida por los usos permitidos de acuerdo con la calificación del suelo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo es competente para resolver el expediente que se examina de conformidad con el Decreto Foral del Diputado General 133/2015, de 3 de julio, y con lo establecido en el artículo 18.c) del Decreto Foral 17/2016, del Consejo de Diputados de 9 de febrero, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento.

De acuerdo con el régimen establecido en el art. 28.5.a) de la Ley 2/2006, podrán llevarse a cabo en suelo no urbanizable "las actuaciones dirigidas específicamente y con carácter exclusivo al establecimiento de dotaciones, equipamientos y actividades declarados de interés público por la legislación sectorial aplicable o por el planeamiento territorial, y que, en todo caso y para el caso concreto, sean además declaradas de interés público por...

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