Orden Foral 111/2021, de 6 de mayo, de aprobación inicial del expediente de declaración de interés público del proyecto promovido por Bodegas Las Orcas, SL para la canalización de la red de abastecimiento y saneamiento para dar servicio a un nuevo edificio de bodega proyectado en la parcela 288, polígono 8, en el paraje de Carraelciego, que discurre por suelo no urbanizable del municipio de Laguardia

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

Bodegas Las Orcas, SL ha solicitado ante el Ayuntamiento de Laguardia licencia urbanística para la realización de canalización de red de abastecimiento y saneamiento para dar servicio a Bodegas Las Orcas, en Laguardia. Se trata de un nuevo edificio de bodega proyectado en la parcela 288, polígono 8, en el paraje de Carraelciego, en suelo no urbanizable, ubicada junto a la carretera A-3210, a una distancia de 2.500 metros de Laguardia. Las obras consisten en una nueva canalización de dos instalaciones, por un lado de abastecimiento de agua, y por otro, la red de saneamiento, con una longitud aproximada de 2.600 metros partiendo mediante conexión a la red existente en la zona suroeste del núcleo urbano.

El Ayuntamiento de Laguardia remite el expediente y solicita la tramitación de la declaración de interés público del proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.5.a) de la Ley vasca 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

Forma parte del expediente el proyecto técnico presentado por la promotora, así como el informe emitido por el arquitecto municipal. En dicho informe consta que la canalización discurre por terrenos calificados en su mayor parte como "Suelo No Urbanizable de Protección de Zonas de Interés Agrícola", como "Suelo No Urbanizable de Protección de Zonas Forestales a Restaurar" si bien la canalización discurre por el camino que atraviesa esa zona, como "Suelo No Urbanizable de Protección de Ríos y Arroyos", y como "Suelo No Urbanizable de Protección y/o Reserva de Redes de Comunicaciones e Infraestructuras", trazado proyectado para la futura variante de la A-124. De acuerdo con los dispuesto en los artículos 105 y siguientes de las Normas Subsidiarias de planeamiento urbanístico de Laguardia, en dichas zonas se admiten las instalaciones de utilidad pública e interés social.

A estos antecedentes les son de aplicación los siguientes fundamentos jurídicos:

El Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo es competente para resolver el expediente que se examina de conformidad con Decreto Foral del Diputado General 324/2019, de 5 de julio, y con lo establecido en el artículo 18.c) del Decreto Foral 17/2016, del Consejo de Diputados de 9 de febrero, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento.

El art. 13.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (TRLSRU), establece que en el suelo en situación rural...

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