ORDEN FORAL 493/2001, de 24 de diciembre, del Diputado Foral de Presidencia, por la que se aprueba la normativa de las bolsas de trabajo de la Administración General de la Diputación Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 28 de Diciembre de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 149I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Ref. 8.194ORDEN FORAL 493/2001, de 24 de diciembre, del Diputado Foral de Presidencia, por la que se aprueba la normativa de las bolsas de trabajo de la Administración General de la Diputación Foral de Álava. Las necesidades temporales de personal en la Diputación Foral de Álava se cubren bien a través de nombramiento de funcionario/a interino/a o bien mediante comisión de servicios, cuando se trata de sustituir a un/a funcionario/a de carrera o de cubrir vacantes. Así como las comisiones de servicios tienen un procedimiento reglado, de público conocimiento, la gestión de bolsas de trabajo en el ámbito de la Administración General de la Diputación Foral de Álava precisa una normativa, igualmente pública, que proporcione, por una parte, una respuesta inmediata y óptima a las necesidades de los servicios y, por otra parte, que garantice los derechos de los interesados en el procedimiento de selección. Para ello, procede determinar quienes conforman una bolsa de trabajo y en qué situaciones se pueden encontrar, en qué supuestos procede la cobertura temporal y, fundamentalmente, cuáles son los criterios de gestión y llamamiento. Por su parte, el Decreto Foral 70/2000, del Consejo de Diputados de 11 de julio, que aprueba las condiciones de empleo del personal funcionario de la Administración General de la Diputación Foral de Álava para los años 2000 y 2001, contiene en el número siete del apartado tercero del anexo la previsión de que se negociará con la representación del personal, en el marco de la Mesa Paritaria de Empleo Foral, la regulación de las bolsas de trabajo. De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Foral número 49 del Consejo de Diputados de 2 de abril de 1996, por el que se establecen las atribuciones en materia de Función Pública, DISPONGO: Artículo primero.- Concepto de bolsa de trabajo. Constituye bolsa de trabajo la relación de personas que superen o hayan superado todas las pruebas obligatorias y eliminatorias en los procesos selectivos gestionados por la Diputación Foral de Álava. Artículo segundo.- Supuestos de utilización de las bolsas de trabajo. 1- Provisión temporal de puestos. Procederá la utilización de las bolsas de trabajo para el nombramiento de funcionario/a interino/a en aquellos supuestos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionario/a de carrera que se encuentren vacantes o cuyo...

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